Cada brecha lista información que el Estado municipal está jurídicamente obligado a publicar y que al día de hoy no está accesible al ciudadano. La omisión no es un dato neutral: es un incumplimiento del deber estatal de publicidad de los actos de gobierno. Hacer visible la brecha refuerza el principio de máxima divulgación y nunca expone datos personales de ciudadanos privados.
Fundamento normativo de la obligación de publicarConstitución Nacional arts. 1°, 33° y 75 inc. 22 (forma republicana → publicidad de los actos de gobierno) · CADH art. 13 · Ordenanza Sunchales N° 1872/2009 (acceso a la información pública municipal — gratuita, sin patrocinio, sin necesidad de expresar motivos; plazo 10 días hábiles + 5 de prórroga) · Decreto Provincial Santa Fe N° 0692/2009 (mecanismo provincial supletorio). La negativa o demora en publicar configura incumplimiento del deber estatal y habilita acciones administrativas y judiciales del ciudadano (Art. 9° de la Ord. 1872/2009).
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Juzgado de Faltas · Actividad sancionatoria
Estadísticas agregadas de actas labradas y resueltas
No publicadoNo se publica la cantidad anual y mensual de actas labradas, resueltas, archivadas o prescriptas, desagregadas por tipo de falta. Son datos agregados que no exponen a ningún ciudadano individual.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. (Juzgado de Faltas es sujeto obligado expreso) · Constitución Nacional art. 1 (publicidad de los actos de gobierno) · art. 75 inc. 22 (CADH art. 13).
Detectada: 2026-05-03juz-estadisticas-actas
Juzgado de Faltas · Recursos públicos
Recaudación por multas y sanciones
No publicadoNo se publica el monto recaudado mensual y anual por multas y sanciones aplicadas, ni la tasa de cobrabilidad o los montos pendientes.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · Constitución Nacional art. 1 (publicidad de los actos de gobierno) · art. 75 inc. 22 (CADH art. 13). · principio de rendición de cuentas.
Detectada: 2026-05-03juz-recaudacion
Juzgado de Faltas · Trazabilidad de fondos
Destino y afectación de los fondos recaudados
No publicadoNo se publica si la recaudación de multas tiene afectación específica (por ejemplo, seguridad vial) o se imputa a Rentas Generales, ni el rastreo desde el ingreso hasta la ejecución.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · Constitución Nacional art. 1 (publicidad de los actos de gobierno) · art. 75 inc. 22 (CADH art. 13). (forma republicana → rendición de cuentas).
Detectada: 2026-05-03juz-destino-fondos
Juzgado de Faltas · Estructura orgánica
Ordenanza orgánica del Juzgado de Faltas
No publicadoLa ordenanza que organiza el Juzgado, fija su competencia, designa al juez y establece garantías de imparcialidad no se encuentra fácilmente accesible en buscadores ni en una sección dedicada del sitio del Juzgado.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · publicidad de las normas (art. 2 Código Civil y Comercial).
Detectada: 2026-05-03juz-ordenanza-organica
Juzgado de Faltas · Marco normativo
Régimen Municipal de Faltas consolidado
No publicadoEl catálogo de faltas municipales con tipología, escalas de sanciones, plazos y procedimientos no está consolidado y disponible públicamente en una sección integrada del sitio del Juzgado.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · principio de legalidad sancionatoria (CN art. 18) — no se puede aplicar sanción sin ley previa, accesible y conocida.
Detectada: 2026-05-03juz-regimen-faltas
Juzgado de Faltas · Convenios públicos
Convenio con la Agencia Provincial de Seguridad Vial
No publicadoNo se publica si el Juzgado está habilitado bajo Ley provincial 13.133 ni el texto del convenio que delimita competencias y reparto de fondos.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · convenios y contratos celebrados por el Estado son información pública por regla.
Detectada: 2026-05-03juz-convenio-apsv
Juzgado de Faltas · Calidad institucional
Indicadores de calidad procesal
No publicadoTiempos medios de tramitación, tasa de recursos interpuestos, tasa de revocaciones por la justicia ordinaria. Indicadores de calidad institucional —no de productividad sancionatoria—.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · estándares interamericanos de transparencia activa.
Detectada: 2026-05-03juz-calidad-procesal
Juzgado de Faltas · Datos abiertos
Datos abiertos del Juzgado
No publicadoDataset agregado y anonimizado en formatos abiertos (CSV/JSON, CC-BY-4.0) reutilizable por periodismo de datos, academia y organizaciones civiles.
Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · Decreto Pcial. Santa Fe 0692/2009 (supletorio): principios de máxima divulgación, gratuidad, celeridad, informalidad. (principio de máxima divulgación).
Detectada: 2026-05-03juz-datos-abiertos
Nota metodológicaEste registro se construye contrastando lo que el municipio publica hoy contra los estándares de publicación obligatoria derivados del marco normativo citado. Cada brecha incluye un identificador estable, una descripción precisa, su fundamento normativo, la fecha en que se detectó y, cuando existe, un link a la publicación parcial existente para no acusar de no publicar lo que sí se publica. El dataset se ofrece bajo licencia CC-BY-4.0 a través de /api/v1/brechas.
No se citan leyes ni decretos no verificados en fuentes oficiales. En particular, no se invoca la Ley 27.275 porque su jurisdicción es el sector público nacional y no rige para municipios; el régimen aplicable a Sunchales es la Ord. 1872/2009 con el Decreto Pcial. 0692/2009 como supletorio.