Sunchales Transparente
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Principio rector · Brechas

Información de publicación obligatoria que aún no se expone

Cada brecha lista información que el Estado municipal está jurídicamente obligado a publicar y que al día de hoy no está accesible al ciudadano. La omisión no es un dato neutral: es un incumplimiento del deber estatal de publicidad de los actos de gobierno. Hacer visible la brecha refuerza el principio de máxima divulgación y nunca expone datos personales de ciudadanos privados.

Fundamento normativo de la obligación de publicar

Constitución Nacional arts. 1°, 33° y 75 inc. 22 (forma republicana → publicidad de los actos de gobierno) · CADH art. 13 · Ordenanza Sunchales N° 1872/2009 (acceso a la información pública municipal — gratuita, sin patrocinio, sin necesidad de expresar motivos; plazo 10 días hábiles + 5 de prórroga) · Decreto Provincial Santa Fe N° 0692/2009 (mecanismo provincial supletorio). La negativa o demora en publicar configura incumplimiento del deber estatal y habilita acciones administrativas y judiciales del ciudadano (Art. 9° de la Ord. 1872/2009).

59
Brechas detectadas
31
No publicadas
23
Publicación parcial
5
Sólo formato cerrado (PDF/HTML)

Distribución por módulo

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1 de 59 brechas (filtradas)

Ambiente · Datos abiertos

Cronograma de recolección de residuos: solo imágenes JPG, sin texto accesible

Publicado solo en PDF (formato cerrado)

La página /recoleccion-de-residuos/ del sitio oficial publica únicamente 4 imágenes JPG con los mapas de los Sectores 1, 2, 3 y 4. Día y horario de recolección quedan embebidos dentro de la imagen, no en texto. Esto rompe accesibilidad WCAG (lectores de pantalla no pueden leerlo), no es indexable por buscadores, no es procesable por máquinas y no se puede traducir. Adicionalmente, el sitio no publica el operador del servicio de recolección, ni el costo del contrato, ni la flota afectada, ni indicadores cuantitativos (toneladas recolectadas, frecuencia, cobertura).

Obliga a publicar: Ordenanza Sunchales 1872/2009 (acceso a la información pública municipal). Plazo de respuesta 10 días hábiles + 5 de prórroga. · Decreto Pcial. Santa Fe 0692/2009 (supletorio): principios de máxima divulgación, gratuidad, celeridad, informalidad. · Ley provincial 13.055 (gestión integral de residuos) · estándares WCAG 2.1 AA de accesibilidad web.
Detectada: 2026-05-12amb-recoleccion-residuos-jpg
Nota metodológica

Este registro se construye contrastando lo que el municipio publica hoy contra los estándares de publicación obligatoria derivados del marco normativo citado. Cada brecha incluye un identificador estable, una descripción precisa, su fundamento normativo, la fecha en que se detectó y, cuando existe, un link a la publicación parcial existente para no acusar de no publicar lo que sí se publica. El dataset se ofrece bajo licencia CC-BY-4.0 a través de /api/v1/brechas.

No se citan leyes ni decretos no verificados en fuentes oficiales. En particular, no se invoca la Ley 27.275 porque su jurisdicción es el sector público nacional y no rige para municipios; el régimen aplicable a Sunchales es la Ord. 1872/2009 con el Decreto Pcial. 0692/2009 como supletorio.