Sunchales Transparente
Decreto

3101/2022

Vigente

3101/2022 - Declaración como "artista destacada" a la bailarina Yanina Romero por su participación con la Delegación Oficial de la Provincia de Santa Fe en el Festival de Cosquín - Provincia de Córdoba.

Texto de la norma

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DECRETO N° 3101/2022
VISTO:
La necesidad de reconocer los logros de los artistas sunchalenses y;
CONSIDERANDO:
Que el grupo femenino de danzas folcloricas del Liceo Municipal fue convocado para participar del Primer Festival "Santa Fe Danza" con sede en la ciudad de Rafaela en el mes de octubre de 2021, oportunidad en la bailarina sunchalense Yanina Romero pudo demostrar sus condiciones y destacarse para ser seleccionada como integrante de la Delegación Oficial de la Provincia de Santa Fe.
Que como integrante de la Delegación Oficial de la Provincia de Santa Fe, represento a nuestra provincia en el Festival de Cosquin, Capital Nacional del Folclore.
Que para alcanzar tan importante logro, fueron necesarios muchos años de esfuerzo, de dedicación y practicas constantes, los cuales ven hoy sus frutos.
Que como parte del Liceo Municipal, los logros obtenidos por Yanina, inspiran a otros artistas que participan del taller municipal de danzas folcloricas a cargo del Profesor Manuel Scotta.
Que para todos los sunchalenses, es un gran honor, haber sido representados por Yanina Romero, como integrante de la Delegación Oficial de la Provincia, resaltando la participación del reconocido certamen de Folclore.
Que por la dedicacion, esfuerzo y logros obtenidos, se considera adecuado reconocer su calidad artistica, mediante un acto administrativo de reconocimiento oficial.
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias:
DECRETA:
Articulo 1°: Declarese "Artista Destacada" a la Bailarina Yanina Romero por su participación en la Delegación Oficial de la Provincia de Santa Fe; y por su actuación en el Festival de Cosquin Provincia de Cordoba.
Articulo 2°: Entreguese copia del presente a la antes nombrada.-
Articulo 3°: Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.-