Sunchales Transparente
Decreto

3119/2022

Vigente

3119/2022 - Llamado a Licitación Pública Nacional N° 03/2022 para ejecución de aserrado y demolición de pavimento flexible y rígido; excavación de suelo; provisión y colocación de cañería P.V.C.; relleno y compactación de suelo; reposición de pavimento de hormigón y asfáltico; ejecución de conexiones domiciliarias y construcción de bocas de registro.

Fecha de sanción:2022-04-18

Texto de la norma

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DECRETO N° 3119/2022
VISTO:
La necesidad de reacondicionar el sistema de desagues de líquidos cloacales y las Ordenanzas N° 2877/20 y N° 2972/21 y;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 2877/20 se autorizo al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N° 12.385, el aporte de una suma no reintegrable para destinar al proyecto: "Reacondicionamiento sectores crlticos del sistema cloacal de Sunchales".
Que conforme Ordenanza N° 2972/21 se declare de utilidad publica la Obra Red Cloacal Barriales Etapa I, estableciendose que el producido de la contribucion por mejoras tendría como destino prioritario el mantenimiento y recambio de las redes cloacales mas críticas del sistema cloacal.
Que se evalua como necesario proceder al recambio de la infraestructura de saneamiento en determinados sectores de la ciudad, optimizando el sistema actual de desagues de líquidos cloacales, como asimismo, proceder a nuevas conexiones domiciliarias.
Que dichas tareas de recambio permitiran, asimismo, reducir los costos en la ejecucion de trabajos de mantenimiento; conllevando indudables beneficios para el sector de obras y servicios publicos de nuestra Municipalidad y para la ciudad en general.
Que el sistema cloacal constituye un servicio basico para evitar riesgos de enfermedades hídricos-sanitarias, mejorando la calidad de vida de los habitantes, siendo indispensable para preservar el medio ambiente y la calidad de las aguas subterraneas.
Que el presupuesto oficial para esta obra publica asciende a la suma de Pesos treinta y tres mil seiscientos ($ 33.600.000,00).-
Que procediendo de acuerdo a la normativa corresponde el llamado a Licitación Pública.-
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETA:
Artículo 1°: Llamase a Licitación Publica Nacional N° 03/22, para: (i) Aserrado y demolicion de 303,90 metros cuadrados de pavimento flexible; (ii) Aserrado y demolicion de 1.537,08 metros cuadrados de pavimento rigido; (iii) Excavacion mecanica de 2.976,98 metros cubicos de suelo; (iv) Provision, acarreo y colocacion de 135 metros de carierfa P.V.C. de 200 milimetros de diametro; (v) Provision, acarreo y colocacion de 3.068,30 metros de cañeria P.V.C. de 160 milimetros de diametro; (vi) Relleno y compactacion de 2.496,48 metros cubicos de suelo; (vii) Reposicion de 1.537,08 metros cuadrados de pavimento de hormigon; (viii) Reposicion de 303,90 metros cuadrados de pavimento asfaltico; (ix) Ejecucion de 312 conexiones domiciliarias de 0,110 metros de diametros y, (x) Construccion integral de 2 bocas de registro de H° A°;
Artículo 2°: El llamado a Licitacion Publica Nacional N° 03/22 que se establece en el artículo primero sera, conforme a las disposiciones vigentes en la materia, para el dia 09 de mayo de 2022, con cierre de aceptacion de ofertas a las 10:30 hs. y con apertura de ofertas a las 11:00 hs. en las oficinas de la Municipalidad de Sunchales - Avda. Belgrano N° 103.
Articulo 3°: Apruebense los Pliegos que se incorporan al presente como Anexos, en el que constan las condiciones que deben reunir los oferentes para la presentación y demás especificaciones tecnicas, complementarias y generales.
Artículo 4°: Conformase una Comision de Preadjudicacion para el estudio de las Ofertas de la Licitacion Publica Nacional N° 03/22 siendo sus funciones el analizar las ofertas que se presenten, y aconsejar a esta Municipalidad la adjudicacion de la oferta que se considere mas conveniente a sus intereses; la que estara integrada por el Subsecretario de Infraestructura Urbana y Rural, el Secretario de Gestion y el Coordinador de Asesoria Jundica.-
Artículo 5°: Regístrese, publiquese, publiquese y archivese.