Sunchales Transparente
Decreto

3516/2025

Vigente

3516/2025 - Dispone la compra de vehículo utilitario tipo furgoneta con destino a mantenimiento e instalación de equipos del Sistema de Video Monitoreo Urbano.

Texto de la norma

Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.

DECRETO 3516/2025: VISTO: La necesidad imperiosa de contar con un vehículo utilitario destinado al mantenimiento e instalación de nuevos equipos del Sistema de Video Monitoreo Urbano, y; CONSIDERANDO: Que mediante nota de fecha 29 de septiembre de 2025, la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Convivencia informó sobre la imperiosa e ineludible necesidad de garantizar la operatividad del sistema de monitoreo urbano, para lo cual resulta indispensable disponer de un vehículo tipo furgoneta cerrada, señalando que las características técnicas requeridas coinciden con las del rodado con que actualmente se cuenta. Que la Municipalidad dispuso en comodato, por el término de seis meses, de un vehículo perteneciente a la firma Meridiano S.A., cuya utilización permitió comprobar la idoneidad del mismo para la función encomendada, verificando su correcto desempeño y adaptación a las tareas específicas del sistema. Que el referido convenio de comodato ha vencido, resultando indispensable la adquisición definitiva de dicho vehículo a fin de no interrumpir las tareas de mantenimiento, reparación y ampliación del sistema, que actualmente cuenta con más de 140 cámaras en funcionamiento; Que se ha verificado la inexistencia en el mercado local y regional de vehículos usados con las características técnicas adecuadas, y que el precio convenido resulta acorde a los valores de plaza, considerando la condición de usado, su estado y prestaciones, consistentes en la confiabilidad mecánica comprobada durante el período de uso, la capacidad de carga suficiente para transportar herramientas, gabinetes, UPS y repuestos, el espacio cerrado y protegido para asegurar el traslado de equipos electrónicos sensibles, la adaptación de techo y soportes especiales para escaleras, el fácil acceso mediante puertas traseras y laterales, y la ergonomía de cabina que permite el traslado del personal técnico en condiciones de seguridad y comodidad; todo lo cual se acredita en el informe técnico agregado al expediente; Que con fecha 16 de abril de 2025 se presentó ante el Honorable Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que autorizaba la compra directa del vehículo, sustentado en el contrato de comodato previamente suscripto y en la comprobación de la idoneidad del rodado; que, sin embargo, transcurridos ya más de cinco meses desde su presentación, el Concejo Municipal no ha dado tratamiento al mismo, sin que ello signifique rechazo; Que, por lo tanto, y considerando que se trata de asegurar la continuidad y el óptimo funcionamiento del Sistema de Video Monitoreo Urbano, indispensable para garantizar la seguridad de todos los habitantes, y ante la urgencia de resolver la cuestión planteada por la Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Convivencia, resulta imprescindible adoptar la decisión administrativa de proceder a la compra directa del vehículo en cuestión. Que el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades N.° 2756 autoriza a prescindir del procedimiento de licitación pública en casos de urgencia debidamente justificada. Que existe partida presupuestaria asignada específicamente para atender este gasto, lo que garantiza la disponibilidad de recursos para concretar la adquisición sin afectar otras obligaciones municipales; Por todo ello, y en uso de sus facultades, el Intendente de la Municipalidad de Sunchales, dicta el siguiente DECRETO: RTÍCULO 1°.- Dispónese la compra del vehículo utilitario tipo furgoneta, modelo "Nuevo Fiorino 1.4 8V", marca "Fiat", dominio AB234MM, a su titular, por un monto de PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000,00), con destino al mantenimiento e instalación de equipos del Sistema de Video Monitoreo Urbano, en razón de los fundamentos expuestos en los considerandos, conforme al informe técnico obrante en el expediente y lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756. ARTÍCULO 2°.- Imputar el gasto a la partida presupuestaria correspondiente.