N° 3030/2022
Vigente3030/2022 - Establece el deber del Departamento Ejecutivo Municipal de construir reductores de velocidad del tránsito vehicular sobre calles Esperanza y General Paz, entre las arterias Rafaela y Suipacha.
Texto de la norma
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ORDENANZA N° 3030/2022
ARTICULO 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a traves de la Agencia Municipal de Seguridad Ciudadana y Vial y la Subsecretaria de Infraestructura Urbana y Rural, debe construir reductores de velocidad del transito vehicular, del tipo que tecnicamente se considere más apropiado, sobre las calles Esperanza y General Paz, entre las arterias Rafaela y Suipacha.-
ARTICULO 2°.-El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la elaboracion de los proyectos técnicos de las obras, determinando los lugares adecuados de colocación, pautas de diseño, características constructivas y modo de ejecucion, de acuerdo a la normativa vigente. -
ARTICULO 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal debe incorporar la señalización requerida para la demarcación apropiada de los reductores de velocidad.-
ARTICULO 4°.-Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuniquese, publíquese, archívese y dese al R. de R. D. y 0