Sunchales Transparente
Ordenanza

3031/2022

Vigente

3031/2022 - Introduce modificaciones a las Ordenanzas N° 2917 y 2918.

Esta norma afecta a

  • Modifica (parcial)Ordenanza2917(no sincronizada — anterior a 2022)art. 4
    Modifíquese el ARTICULO 4° de la Ordenanza N° 2917
  • Modifica (parcial)Ordenanza2917(no sincronizada — anterior a 2022)art. 5
    Modifiquese el ARTICULO 5° de la Ordenanza N° 2917
  • Modifica (parcial)Ordenanza2918(no sincronizada — anterior a 2022)art. 4
    Modifíquese el ARTICULO 4° de la Ordenanza N° 2918

Texto de la norma

Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.

ORDENANZA N° 3031/2022
ARTICULO 1°.- Modifíquese el ARTICULO 4° de la Ordenanza N° 2917 el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4°.- El precio de cada uno de los lotes es de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000) exclusivamente bajo la modalidad de pago de contado. Este precio incluye las obras de infraestructura básica que se detallan a continuacion: - Demarcacion de calles y manzanas; - Arbolado Público; - Agua Potable; - Energia electrica domiciliaria y alumbrado público; - Obra de cloacas; - Señalización Vial; - Rampas de Accesibilidad para personas con movilidad reducida; - Ripio; - Cordón cuneta.
ARTICULO 2°.- Modifiquese el ARTICULO 5° de la Ordenanza N° 2917 el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 5°.- Los interesados pueden optar por las formas de pago que a continuación se detallan: - Opcion A: Un anticipo del 50 % del valor del lote y el resto en 48 cuotas de $ 15.625,00.- Opcidn B: Un anticipo del 30% del valor del lotey el resto en 48 cuotas $ 21.875,00.-
Teniendo en cuenta el contexto economico que impera en nuestro país, así como el aspecto social de este programa, las cuotas se ajustan trimestralmente con la tasa que actualmente el Municipio de la Ciudad de Sunchales tiene para actualización de deuda vencida dispuesta por el ARTICULO 30° de la Ordenanza Fiscal N°2140. Esta actualización es revisada en forma semestral por el Instituto Municipal de la Vivienda siempre con el fin primordial de favorecer al beneficiario de cada lote. En los casos en que se opte por el pago en cuotas, la mora se verificará el dia hábil inmediato posterior a la fecha en que debio abonarse la misma, sin que para ello sea necesario notificación o requerimiento alguno por parte de la Municipalidad. En este caso, la Municipalidad debe aplicar las disposiciones establecidas en la Ordenanza Tributaria vigente.-
ARTiCULO 3°.-Modifíquese el ARTICULO 4° de la Ordenanza N° 2918 el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4°.- El precio de cada uno de los lotes es de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000) exclusivamente bajo la modalidad de pago de contado. Este precio incluye las obras de infraestructura bdsica que se detallan a continuatión:
- Demarcation de calles y manzanas; - Arbolado Publico; - Agua Potable; - Energia electrica domiciliaria y alumbrado publico; - Obra de cloacas; Serialización Vial; - Rampas de Accesibilidad para personas con movilidad reducida; - Ripio; - Cordon cuneta.-
ARTfCULO 4°.-Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgaciónn, comuníquese, publíquese, archivese y dese al R. de R. D. y 0.