Sunchales Transparente
Resolución

4196/2022

Vigente

4196/2022 - Adjudica al Sr. Juan Carlos Cauda, la contratación de los trabajos de albañilería de la obra determinada por el Concejo Participativo Barrial de Villa Autódromo, conforme Resolución N° 4187/2022, con un presupuesto de pesos ochocientos diez mil ($810.000,00).

Texto de la norma

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RESOLUCIÓN N° 4196/2022
VISTO:
La Resolución N° 4187/22 y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se llama a Concurso Privado de Precios 13/2022 para la contratación de los trabajos de albañilería de la obra determinada por el Concejo Participativo Barrial de Villa Autódromo, conforme el pliego de bases y condiciones que como Anexos I y II forman parte de la menciona norma;
Que se han cumplido las formalidades en cuanto al acto de apertura de las ofertas y demás pasos del llamado a Concurso:
Que se han presentado dos propuestas, a saber: OFERTA N° 1: Sr. Juan Carlos Cauda y OFERTA N° 2: Sr. Ramón Toledo.-
Que de acuerdo al dictamen de la Comisión de Preadjudicación la propuesta presentada perteneciente al Sr. Juan Carlos Cauda", cumple con todas las exigencias y además, es la oferta económica más conveniente, por lo que luego del análisis y evaluación de la documentación presentada se recomienda su adjudicación;
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN:
Art. 1°) Aprobar las actuaciones de la Comisión de Análisis y Preadjudicación responsable del análisis y evaluación de las ofertas del Concurso Privado de Precios N° 13/2022.-
Art 2°) Adjudicar al Sr. JUAN CARLOS CAUDA, la contratación de los trabajos de albañilería de la obra determinada por el Concejo Participativo Barrial de Villa Autódromo, conforme los pliegos de bases y condiciones anexos a la Resolución N° 4187/2022, con un presupuesto de pesos ochocientos diez mil ($810.000,00), según las condiciones y especificaciones técnicas.-
Art. 3°) Procédase a notificar el contenido de la presente al Sr. Juan Carlos Cauda, quien resultara adjudicatario.-
Art. 4°) La presente será refrendada por el Secretario de Gestión.-
Art. 5°) Regístrese, comuníquese, notifíquese, publqese y archívese.-