N° 3309/2023
Vigente3309/2023 - Declara desierta por ausencia de ofertas la Licitación Pública N° 07/2023 y efectúa segundo llamado.
Texto de la norma
Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.
Sunchales, 14 de noviembre de 2023.- DECRETO N° 3309/23: VISTO: El Decreto N° 3297/23 y; CONSIDERANDO: Que por el citado Decreto se llamó a Licitación Pública N° 07/2023 para la adquisición de los siguientes bienes: renglón 1, pavimento rígido; renglón 2, sistema de control de incendio; renglón 3, barrera de seguridad y control de ingreso; renglón 4, sistema de cámaras de seguridad para monitoreo remoto y; renglón 5, iluminación led. Que habiéndose realizado formalmente el Acta de Apertura de Sobres, se dejó expresa constancia de la no presentación de oferentes para los renglones Nros. 2, 3, 4 y 5.- Que teniendo en cuenta lo expuesto y la normativa vigente, corresponde declarar desierta la Licitación Pública en lo referente a los renglones de referencia y convocar a un segundo llamado a licitación pública para la adquisición de bienes.- Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, DECRETA: Artículo 1°: Declárase desierta por ausencia de ofertas la Licitación Pública N° 07/2023 convocada conforme Decreto N° 3297/23, en los renglones Nros. 2, 3, 4 y 5.- Artículo 2°: Llámase por segunda vez a Licitación Pública para la adquisición de los siguientes bienes: Renglón 2: SISTEMA DE CONTROL DE INCENDIO 2.1. Una (1) bomba centrífuga vertical multietapa, de 5,5 kw. de potencia. 2.2. Un (1) pilar acometida trifásico, más tablero potencia comando para bomba 5,5 kw. 2.3. Tres (3) tanques. Renglón 3: BARRERA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE INGRESO. 3.1. Dos (2) barreras automáticas. 3.2. Cuatro (4) controles remotos. 3.3. Dos (2) unidades receptoras. 3.4. Materiales de alimentación y fundación de bases para barrera control de ingreso. Renglón 4: SISTEMA DE CÁMARAS DE SEGURIDAD PARA MONITOREO REMOTO: 4.1. Un (1) disco rígido western digital 6 TB. 4.2. Cuatro (4) cámaras IP Domo PTZ HD 1080P Zoom 32X IR 150 MT. 4.3. Cuatro (4) soportes de poste o columna de aluminio para domos. 4.4. Cuatro (4) transformadores de corriente alterna para domo PT. 4.5. 1.850 metros lineales de cable de red de comunicación sistema de cámaras. 4.6. 100 metros lineales de cable alimentación 2x1 mm. 4.7. Cuatro (4) Box de alimentación sistema de cámaras. Renglón 5: ILUMINACIÓN LED: 5.1. Setenta (70) luminarias led de ultra alto rendimiento -27.000 Lm 4000K cri mayor 80, rendimiento: 180 Lm/W, consumo 150W. 5.2. Cuarenta y seis (46) postes para alumbrado público de 7 metros. 5.3. 1.680 metros lineales de cable preensamblado iluminación led para 70 columnas. 5.4. 23,32 m3 de hormigón para 46 columnas. Articulo 3°: Convocase a Licitación Pública para el día 29 de noviembre de 2023
la hora 11:00, fecha establecida para la apertura de las propuestas en dependencias de la Municipalidad de Sunchales.- ARTÍCULO 4°: Apruébese el Pliego Licitatorio para la adquisición de bienes de la Obra "Pavimentación calles internas, alumbrado público, sistema de video vigilancia obras civiles", para el desarrollo del área industrial, que regula esta licitación pública, donde constan las condiciones que deben reunir los oferentes para la presentación y demás especificaciones técnicas, complementarias y generales. El Pliego Licitatorio se adjunta y forma parte del presente como Anexo A.- Artículo 5°: Determínese que las publicaciones de los llamados a Licitación se realizarán en el Boletín Oficial, por el término que marcan las disposiciones legales en vigencia, y en los medios de comunicación locales y zonales. Artículo 6°: Confórmese la Comisión de Preadjudicación que analizará las propuestas y aconsejará al Intendente Municipal sobre la oferta más conveniente a los intereses municipales, la que estará integrada por el Secretario de Gestión, el Subsecretario de Infraestructura Urbana y Rural, y el Coordinador de Asesoría Jurídica.- Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gestión.- Artículo 8°: Registrese, comuníquese, publíquese y archivese.-