Sunchales Transparente
Resolución

4312/2025

Vigente

4312/2025 - Encomienda a la agente Patterer el cumplimiento de las tareas específicas del área de Contaduría Municipal.

Texto de la norma

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RESOLUCIÓN N° 4312/2025. VISTO: Lo normado por el Estatuto y Escalafón para el personal de municipalidades, Ley N° 9286; y la licencia médica de la Subdirectora de Contaduría, y CONSIDERANDO: Que la titular de la Subdirección de Contaduría se encuentra ausente; Que resulta necesario garantizar la continuidad operativa del área de Contaduría de la Municipalidad; Que por tal motivo, la Secretaría de Producción y Finanzas propone encomendar determinadas funciones de dicho sector a la agente Patterer Soraya, DNI N° 23218159 - Legajo N° 2394, quien reviste actualmente en el cargo de Auxiliar de Contaduría y Presupuesto; Que la mencionada agente posee conocimientos y experiencia suficientes para asumir parcialmente funciones del área, sin que ello implique la cobertura total del cargo vacante ni la subrogancia plena; Que corresponde asignarle la categoría 21 del Agrupamiento Administrativo - Personal Superior, de acuerdo a las tareas que efectivamente desarrollará y conforme lo previsto por el artículo 56 del Anexo II de la Ley N° 9286; Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, dicta la siguiente: RESUELVE: Artículo 1°: Encomiéndase a la agente Patterer Soraya, DNI N° 23218159 - Legajo N° 2394, el cumplimiento de tareas específicas del área de Contaduría Municipal, vinculadas a la confección de informes contables, control de imputaciones presupuestarias y seguimiento de ejecución de partidas, imputación de pagos, autorización y seguimiento de pagos, -asignándole a tales fines la Categoría 21 del Agrupamiento Administrativo (Personal Superior), con vigencia a partir del 01 de mayo de 2025. Artículo 2°: Déjese expresamente establecido que la presente asignación de funciones no implica subrogancia ni reemplazo pleno del cargo de Subdirectora de Contaduría, y que su validez se circunscribe exclusivamente al período en que subsista la necesidad de reforzar el área. Artículo 3°: Autorízase a la Subdirección de Personal -sector Liquidación de Sueldos- a efectuar la liquidación correspondiente conforme la categoría asignada, a partir de la fecha mencionada en el artículo 1°.