Sunchales Transparente
Ordenanza

3093/2023

Vigente

3093/2023 - Establece con el nombre de Malvinas Argentinas, la creación del 10° barrio de la ciudad de Sunchales.

Texto de la norma

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ORDENANZA N° 3093/2023
ARTICULO 1°.- Establecese con el nombre de Malvinas Argentinas, la creación del 10° barrio de la ciudad de Sunchales.-
ARTICULO 2°.- Las jurisdicciones barriales de la ciudad se determinan de la siguiente forma:
1. Barrio 9 de Julio: Lo Integra el polígono formado por Avenida Yrigoyen al norte; calle Güemes, canal de desagüe Norte, canal de desagüe Sur y calle Güemes al este; calle San Juan al sur; y calle Bolivar al oeste;
2. Barrio Centro: Lo integra el polígono formado por calle Urquiza al norte; calle 9 de Julio y calle Bolivar al este; calle E. Zeballos, calle Rivadavia y calle Balbin al sur; y las vias del Ferrocarril al oeste;
3. Barrio Colon: Lo integra el polígono formado por Ruta Provincial N° 280S al norte; Ruta Nacional N° 34 y calle General Paz al este; Avda. Yrigoyen al sur; y calle 9 de Julio, calle Mitri y calle Ezio Montalbetti al oeste;
4. Barrio Cooperativo: Lo integra el formado por Ruta Provincial N° 280s al oeste y al norte; vías del FCGBM a este; calle Urquiza bis, calle Rosario, limite norte de la manzana V de la seccion IV y Iímite norte del Lote A del Plano N° 112873 al sur; camino municipal al este del Lote 44 de la Colonia y calle Tte. Richieri;
5. Barrio Malvinas Argentinas: Lo integra el polígono formado por Cañada Sunchales al norte; Ruta Nacional N°34 y calle Madre Teresa de Calcuta al este; camino municipal a destinarse a Circunvalacion Sur al sur; y calle Güemes al oeste;
6. Barrio Moreno: Lo integra el polígono formado por el limite norte del Lote A del Plano N° 112873, Iímite norte de la manzana V de la seccion IX, calle Rosario y calle Urquiza bis, al norte; vías del FCGBM al este; canal de desagüe Sur, Iímite sur y este de la Parcela 00589 del Plano N° 75453 al sur; y camino municipal al este del lote 45 y 44 de la Colonia al oeste;
7. Barrio Sancor: Lo integra el polígono formado por Ruta Provincial N° 280S al norte, calles Ezio Montalbetti, calle Mitri y calle 9 de Julio al oeste; calle Urquiza al sur; y las vías del Ferrocarril al oeste;
8. Barrio Villa Autódromo: Lo integra el polígono formado por calle San Juan, Ruta Nacional N° 34, Iímite sur del Lote A del Plano N° 142.081 y Iímite sur del Lote A del Plano N° 168.880 al norte; canal Vila al Cululu, Ruta Nacional N° 34 y camino municipal a destinarse a Circunvalacion Sur al sur; y calle Madre Teresa de Calcuta al oeste;
9. Barrio Villa del Parque: Lo integran el camino municipal al norte del Lote 30 de la Colonia al norte; camino municipal al oeste del Lote 30 de la Colonia al oeste; Cañada Sunchales y canal de desagüe norte al sur; calle Güemes y calle Gral. Paz al oeste, y;
10. Barrio Sur: Lo Integra el poligono formado por calle E. Zeballos al norte; calle Bolivar, calle San Juan y calle Güemes al este; camino municipal para futura Circunvalacion Sur al sur; y las vias del FCGBM al oeste.-
Incorpórese plano como ANEXO I plano de delimitación territorial de las juridicciones barriales.
ARTICULO 3°.- Las Comisiones Vecinales deben actuar dentro de las jurisdicciones establecidas en el ARTICULO 2°.-
ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal debe realizar los actos administrativos para garantizar el cumplimiento de la Ordenanza de Comisiones Vecinales N°1303.-
ARTICULO 5°.- Deroganse la Ordenanza N° 2209 y toda otra norma que se contraponga a la presente.-
ARTICULO 6°.- Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuniquese, publíquese, archivese y dese al R. de R. D. y 0,-