N° 3106/2023
Vigente3106/2025 - Dispone el sentido de circulación único en arterias de Barrio Villa del Parque y Colón.
Texto de la norma
Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.
ORDENANZA N° 3106/2023
ARTICULO 1°.- Las arterias del barrio Villa del Parque que a continuación se detallan, poseen sentido unico de circulación conforme se indica:
- calle Combate de San Lorenzo, desde Grab Paz hasta Dean Funes, sentido hacia el Este; - calle Sgto. Cabral, desde Dean Funes hasta Grab Paz, sentido hacia el Oeste; - calle Triunvirato, desde Gral. Paz hasta Antartida Argentina, sentido hacia el Este; - calle Jose Hernandez, desde Antartida Argentina hasta Gral. Paz, sentido hacia el Oeste; - calle Rafaela, desde Gral. Paz hasta Antartida Argentina, sentido hacia el Este; - calle Payro, desde Dean Funes hasta Gral. Paz, sentido hacia el Este; - cortada Velez Sarsfield, desde Velez Sarsfield hasta Gral. Paz, sentido hacia el Oeste; - calle Velez Sarsfield, desde Antartida Argentina hasta Gral. Paz, sentido hacia el Oeste; - calle Jujuy, desde Velez Sarsfield hasta Av. H. Yrigoyen, sentido hacia el Sur; - calle Dean Funes, desde Av. H. Yrigoyen hasta Combate de San Lorenzo, sentido hacia el Norte; - calle Las Heras, desde Rafaela hasta Av. H. Yrigoyen, sentido hacia el Sur; - calle Zapiola, desde Av. H. Yrigoyen hasta Rafaela, sentido hacia el Norte; - calle Antartida Argentina, desde Combate de San Lorenzo hasta Velez Sarsfield, sentido hacia el Sur; - calle San Javier, desde Congreso hasta Bolivia, sentido hacia el Este; - calle Congreso, desde Gral. Guiemes hasta Bolivia, sentido hacia el Este; - calle Balcarce, desde Bolivia hasta Gral. Guemes, sentido hacia el Oeste; - calle Jose Marmol, desde Av. H. Yrigoyen hasta Balcarce, sentido hacia el Sur; - calle Echeverria, desde Balcarce hasta Av. H. Yrigoyen sentido hacia el Norte; - calle Ascasubi, desde Av. H. Yrigoyen hasta San Javier, sentido hacia el Sur; - calle Cervantes, desde Carlos Gabasio hasta Av. H. Yrigoyen, sentido hacia el Norte; y - calle Arturo Jauretche, entre Balcarce y Carlos Gabasio, sentido hacia el Sur.-
ARTICULO 2°.- Las arterias del barrio Colón que a continuación se detallan, poseen sentido unico de circulación conforme se indica:
- calle Gdor. Silvestre Begnis, desde Gral. Paz hasta Falucho, sentido hacia el Oeste; - calle Gdor. Galvez, desde Falucho hasta Gral. Paz, sentido hacia el Este; - calle R. Maretto, desde Falucho hasta A. Borlenghi, sentido hacia el Este; - calle De Las Americas, desde Tucuman hasta Av. H. Yrigoyen, sentido hacia el Sur; - calle A. Borlenghi, desde R. Maretto hasta Rafaela, sentido hacia el Norte; - calle Juan de Garay, desde Tucuman hasta R. Maretto, sentido hacia el Sur; - calle Luis Federico Leloir, desde Rafaela hasta R. Maretto, sentido hacia el Sur; - calle Juana Azurduy, desde R. Maretto hasta Tucuman, sentido hacia el Norte; - calle Perito Moreno, desde Tucuman hasta Rafaela, sentido hacia el Norte; y - calle 0. Remondino, desde Rafaela hasta Tucuman, sentido hacia el Sur.-
ARTICULO 3°.- Las modificaciones establecidas en los ARTICULOS 1° y 2° entraran en vigencia a partir de los sesenta (60) días corridos, contados desde la promulgación de la presente.-
Dentro del plazo antes referido la Autoridad de Aplicación debe garantizar la señalización vial pertinente en los sectores que se ordena intervenir, realizandose amplia difusión a fin de dar a conocer la nueva circulación vehicular.-
ARTICULO 4°.- Imputense los trabajos relacionados a la ejecución de esta ordenanza al presupuesto de la Agencia Municipal de Seguridad Ciudadana y Vial del año 2023.
ARTICULO 5°.- Deroguese toda otra norma que se oponga a la presente.-
ARTICULO 6°.- Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuniquese, publiquese, archivese y dese al R. de R. D. y 0.-