N° 3105/2023
Vigente3105/2023 - Modifica el artículo 5° de la Ordenanza N° 2403.
Esta norma afecta a
- Modifica (parcial)Ordenanza N° 2403(no sincronizada — anterior a 2022)art. 5
“Modifíquese el ARTICULO 5° de la Ordenanza N°2403”
Texto de la norma
Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.
ORDENANZA N° 3105/2023
ARTICULO 1°.- Modifíquese el ARTICULO 5° de la Ordenanza N°2403, el que queda redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 5°- La solicitud de habilitación se tramita de manera personal ante la oficina de la Unidad Polivalente de Control (U.P.CJ. La U.P.C. da inicio al trámite de habilitación y renovación de habilitación con la presentación, a cargo del solicitante, del formulario que se incorpora a la presente como ANEXO I.
La U.P.C. debe suministrar, conjuntamente con la documental respectiva, todo el asesoramiento que se requiera".
ARTICULO 2°.- Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archivese y dese al R. de R. D. y 0.-