Sunchales Transparente
Ordenanza

3125/2023

Vigente

3125/2023 - Autoriza al Sr. Intendente Municipal a compensar a los Sres. Lucas Aicardi, Alejandro Daniel Escavino y Marcos Antonio Romano, por la afectación parcial a canal norte que sufriera el inmueble; y en consecuencia, a suscribir la correspondiente escritura de donación del inmueble de propiedad de la Municipalidad de Sunchales.

Texto de la norma

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ORDENANZA N° 3125/2023
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Sr. Intendente Municipal a compensar a Sres. Lucas Aicardi, DNI 26.159.255, Alejandro Daniel Escavino, DNI N.º 24.490.993 y Marcos Antonio Romano, DNI 29.900.052 por la afectación parcial a canal norte que sufriera el inmueble identificado como Parcela 2º del Área Municipal de Promoción Industrial; y en consecuencia a suscribir la correspondiente escritura de donación del inmueble de propiedad de la Municipalidad de Sunchales, identificado como Lote 23 del Plano de Mensura 155.469, y la escritura traslativa de dominio correspondiente al Lote 1 del Plano de Mensura 235339, así como a realizar todos los demás actos administrativos necesarios para la concreción del acto.-
ARTÍCULO 2°.- Agréguese como ANEXO I de la presente Ordenanza plano de mensura N.º 235.339; plano de mensura N.º 155.469, y copia del boleto de compraventa de fecha 29 de julio de 2004 suscripto entre la Municipalidad de Sunchales y Lucas Aicardi, Alejandro Daniel Escavino, y Marcos Antonio Romano.-
ARTÍCULO 3°.- Dese al Departamente Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese y dese al R. de R.D. y O.
FUNDAMENTOS:
Que con fecha 29 de julio de 2004 los Sres. Lucas Aicardi, Alejandro Daniel Escavino, y Marcos Antonio Romano adquirieron de la Municipalidad de Sunchales, mediante boleto de compraventa el inmueble identificado en la cláusula primera como Parcela Nº 2.a del área Municipal de Promoción Industrial, la que se compone de una superficie de 1540.41 m2 midiendo su lado este 36.48, al lado oeste 41.99, el lado sur 43.26 y el lado norte 36.64 (parcela en forma de trapecio). Que con posterioridad a esa fecha, y en el transcurso del plan de pago establecido en el boleto de compraventa, el lote referenciado en la cláusula primera sufrió una afectación parcial al Canal Norte. Que como consecuencia, resultó necesario realizar una modificación de las medidas y linderos del inmueble y debió realizarse nueva mensura del estado parcelario, mediante plano de mensura N° 235339.
Que los adquirentes solicitan ser compensados por la Municipalidad de Sunchales por los metros que adquirieron y que fueron afectados al Canal Norte; proponiendo se los compense mediante la donación de un inmueble municipal lindero al de titularidad de los adquirentes.-