Sunchales Transparente
Decreto

3300/2023

Vigente

3300/2023 - Declara desierta por ausencia de ofertas la Licitación Pública N° 05/2023 y llama por segunda vez.

Texto de la norma

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DECRETO N° 3300/2023
VISTO:
El Decreto N° 3294/23; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se llamó a Licitación Pública N° 05/2023 para la adquisición de hectáreas de terreno, con un mínimo de una (1) hectárea, destinadas a la venta de lotes y/o construcción de viviendas.-
Que habiéndose realizado formalmente el Acta de Apertura de Sobres, se dejó expresa constancia de la no presentación de oferentes.-
Que teniendo en cuenta lo expuesto y la normativa vigente, corresponde declarar desierta la Licitación Pública y convocar a un segundo llamado a licitación pública para la ejecución de esta obra.-
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias,
DECRETA:
Articulo 1º: Declárase desierta por ausencia de ofertas la Licitación Pública N° 05/2023 convocada conforme Decreto N° 3294/23.-
Articulo 2°: Llámase por segunda vez a Licitación Pública para la adquisición de hectáreas de terreno, con un mínimo de una (1) hectárea, destinadas a la venta de lotes y/o construcción de viviendas, conforme Pliego de Bases y Condiciones que forman parte de la presente.
Articulo 3°: Fíjase el presupuesto oficial en la suma de dólares estadounidenses veinte mil (U$S 20.000,00) IVA incluido, por cada hectárea. La Municipalidad pagará en moneda de curso legal argentina, resultando el tipo de cambio el determinado por cotización oficial del Banco de la Nación Argentina para el tipo vendedor, al cierre de las operaciones del día anterior a las fechas establecidas para el pago.
Artículo 4°: Convócase a esta Licitación Pública a partir del día 19 de octubre de 2023 y hasta el día 02 de noviembre de 2023 a la hora 11:00, fecha establecida para la apertura de las propuestas en dependencias de la Municipalidad de Sunchales.
Articulo 5°: Las publicaciones del llamado a licitación se realizarán en el Boletin Oficial, por el término que marcan las disposiciones legales en vigencia, y en los medios de comunicación locales y zonales, en los días que expresamente se les informará a los mismos.
Artículo 6°: Disponer la conformación Comisión de Preadjudicación en los términos del articulo 5° de la Ordenanza N° 3094/23, la que estará integrada por el Secretario de Gestión, el Subsecretario de Infraestructura Urbana y Rural, el Coordinador de Asesoria Juridica y el Director del Instituto de Desarrollo Territorial.
Articulo 7°: Establecer que la Comisión mencionada en el articulo precedente deberá aconsejar a este Departamento Ejecutivo la decisión que considere procedente adoptar en las actuaciones alli mencionadas, y expresará sus conclusiones en acta que labrará al efecto. Los criterios de selección para evaluar las propuestas y decidir cuál de ellas resulta la más conveniente, será una conjugación de aspectos cualitativos (ubicación y cercanía a la planta urbana actual, accesibilidad a los servicios básicos existentes, entre otros) y cuantitativos (cantidad de hectáreas y precio ofrecidos).
Artículo 8°: La Municipalidad de Sunchales se reserva el derecho de aceptar o rechazar las ofertas, según considere más conveniente a sus intereses.
Artículo 9°: Refrende el presente el señor Secretario de Gestión.
Artículo 10°: Registrese, comuníquese, publíquese y archívese.