Sunchales Transparente
Resolución

4305/2025

Vigente

4305/2025 - Establece que a partir de Mayo de 2025, los recibos de sueldo del personal municipal estarán disponibles exclusivamente en el formato digital.

Texto de la norma

Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.

VISTO:
La implementación de un nuevo sistema digital de acceso a los recibos de haberes del personal municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que el uso de herramientas digitalespermite modernizar la administración pública, promover la sustentabilidad ambiental y optimizar los recursos municipales;
Que a partir del mes de mayo de 2025 se ha habilitado la visualización y descarga de los recibos de sueldos a través del portal web http://sunchales.miportal.ar/sueldos;
Que agente podrá acceder de manera segura a sus recibos mediante una clave compuesta por su número de legajo, número de DNI y fecha de ingreso, conforme se informa en las comunicaciones institucionales;
Que esta modalidad permite reducir el uso de papel, evitar impresiones innecesarias y garantizar el acceso permanente a la documentación laboral por parte de los agentes;
Por ello, en uso de sus atribuciones, el Intendente de la Municipalidad de Sunchales,, en uso de sus facultades, dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
Artículo 1°: Establécese que, a partir del mes de mayo de 2025, los recibos de suledos del personal municipal estarán disponibles exclusivamente en formato digital, pudiendo ser visualizados y descagados a través del sitio web http://sunchales.miportal.ar/sueldos.
Artículo 2°:
En aquellos casos en que el/la agente se encuentre imposibilitado/a de acceder a sus recibos de sueldos por medios digitales, podrá solicitar su emisión en formato papel, a fin de asegurar el pleno ejercicio de sus derechos y el respeto al principio de accesibilidad.
Artículo 3°: Hágase saber a las áreas municipales y notifíquese al personal a través de los medios habituales de comunicación interna.
Artículo 4°: Ratifíquese el presente por la Secretaría de Gobierno.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.