Sunchales Transparente
Decreto

3397/2024

Vigente

3397/2024 - Llama a Licitación Pública N° 3/2024 para la contratación del servicio de seguridad privada las 24 hs., en la planta de residuos y las lagunas de efluentes cloacal.

Texto de la norma

Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.

DECRETO N° 3397/2024
VISTO:
La necesidad de contratar el servicio de seguridad privada para la planta de tratamiento de residuos y las lagunas de efluentes cloacal, ubicadas en el Camino Comunal (continuación de calle San Juan) a 2,5 km al Este de Ruta Nacional N° 34 de la ciudad de Sunchales, Santa Fe, por un plazo de seis (6) meses de duración; y,
CONSIDERANDO:
Que la seguridad privada en la planta de tratamiento de residuos y las lagunas de efluente cloacal es de vital importancia para el Municipio, considerando que dichas instalaciones son esenciales para el correcto funcionamiento de los servicios públicos de gestión de residuos y tratamiento de aguas servidas. La protección de las mismas se convierte en un imperativo para garantizar su continuidad operativa. La seguridad perimetral asegura no solo la preservación de los bienes y equipos, sino que también protege la infraestructura crítica de actos vandálicos, intromisiones indebidas y posibles daños que puedan comprometer el servicio;
Que se considera una medida efectiva y necesaria con relación al cuidado perimetral del predio, dado el amplio tamaño y las características del mismo. El control visual, mediante rondas periódicas y la presencia física de personal de seguridad especializado, resulta fundamental para detectar e intervenir en situaciones irregulares. EL monitoreo continuo y el patrullaje, ejecutados de forma profesional, permiten anticiparse a eventos que puedan poner en riesgo la integridad del predio;
Que la seguridad privada tiene la capacidad de controlar y evitar incendios en caso de que sucedan por cuestiones climáticas, ya que en determinadas épocas del año las altas temperaturas y los vientos fuertes incrementan la posibilidad de incendios, tanto por causas naturales como por la acción humana. La presencia d euna guardia capacitada y equipada para responder rápidamente a emergencias de este tipo minimiza el riesgo de propagación de fuego, evitando así daños a los equipos, a los residuos en tratamiento, y a la flora y fauna circundante;
Que además, la seguridad privada previene la quema de residuos sólidos urbanos, lo cual constituye un riesgo ambiental significativo, liberando contaminantes peligrosos para la salud pública y el medio ambiente. Una vigilancia permanente y profesional reduce significativamente la posibilidad de que se produzcan incendios intencionales, salvaguardando la calidad del aire y contribuyendo a la política de gestión sustentable de residuos implementada por el Municipio;
Que hasta el momento, la seguridad de dicho predio se encuentra cubierta por personal municipal más personal contratado para la guardia, pero se ha identificado la necesidad de una mayor especialización y un enfoque integral en materia de seguridad. Los riesgos inherentes a las operaciones de tratamiento de residuos y el manejo de efluentes requieren un servicio más estructurado y con capacidades operativas específicas;
Que se torna necesario la contratación de un servicio de seguridad privada con guardia permanente las 24 (veinticuatro) horas, ya que asegura una protección efectiva, permitiendo no solo una respuesta inmediata ante cualquier contingencia, sino también el mantenimiento de un sistema de prevención activa. Este tipo de servicio, prestado por personal debidamente entrenado y con recursos especializados, genera un entorno de mayor control y seguridad para las instalaciones y su entorno;
Que el presupuesto oficial para la contratación del servicio asciende a la suma de pesos veintinueve millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos ($29.265.600,00), reflejando el análisis detallado del costo-beneficio que implica la contratación de este servicio esencial. Dicha cifra a sido calculada considerando las características del predio, le necesidad de guardia permanente, y los requerimientos específicos de vigilancia y control que exigen las instalaciones. La inversión en seguridad privada esta justificada por la naturaleza estratégica de la planta de tratamiento y la importancia de garantizar su operatividad ininterrumpida;
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias,
DECRETA:
Artículo 1°: Llámese a Licitación Pública N° 03/2024 para la contratación del servicio de seguridad privada las 24 (veinticuatro) horas, en la planta de tratamiento de residuos y las lagunas de efluente cloacal, ubicadas en Camino Comunal (continuación de calle San Juan) a 2,5 km al Este de Ruta Nacional N° 34 de la ciudad de Sunchales, Santa Fe, por un plazo de 6 (seis) meses de duración, conforme las características técnicas de la Sección IV del Pliego de Bases y Condiciones.-
Artículo 2°: Fijese el presupuesto oficial en la suma de pesos veintinueve millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos ($29.265.600,00).-
Artículo 3°: Convóquese a esta Licitación Pública a partir del día 17 de septiembre de 2024 y hasta el día 04 de octubre de 2024 a la hora 11:00, fecha establecida para la apertura de las propuestas en dependencias de la Municipalidad de Sunchales.-
Artículo 4°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que regula esta Licitación Pública, donde constan las condiciones que deben reunir los oferentes para la presentación y demás especificaciones técnicas, complementarias y generales. El pliego licitatorio se adjunta y forma parte de la presente.-
Artículo 5°: Determínese que las publicaciones del Ilamado a licítación se realizarán en el Boletin Oficial, por el término que marcan las disposiciones legales en vigencia, y en los medios de comunicación locales y zonales, en los días que expresamente se les informará a los mismos.-
Artículo 6º: Confórmese la Comisión de Preadjudicación que analizará las propuestas y aconsejará al Intendente Municipal sobre la oferta más conveniente a los intereses municipales, la que estará conformada por la Secretaria de Gobierno; el Secretario de Gestión Ambiental y Territorial, y un representante de la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica.-
Artículo 7º: La Municipalidad de Sunchales se reserva el derecho de aceptar o rechazar las ofertas, según considere más convenientes a sus intereses.-
Artículo 8º: El presente será refrendado por el Secretario de Ambiente y Gestión Territorial.-
Artículo 9°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-