N° 3438/2024
Vigente3438/2024 - Adjudica a Sucoplas S.A.S. lote del área de servicios.
Texto de la norma
Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.
DECRETO N° 3438/2024
VISTO:
Las Ordenanzad N° 2310/2013 y 3196/2024; y,
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 2310/2013 se dispuso la afectación a Distrito de Servicios una fracción de terreno, autorizándose su venta de acuerdo al procedimiento establecido en el Anexo II.
Que en consideración a la disponibilidad del Lote 6B del Plano de Mensura 243719/201, partida impuesto inmobiliario N° 08-11-00-060763/0088-2, se estableció por Ordenanza N° 3196/2024, el valor unitario del metro cuadrado, siendo de aplicación la Ordenanza precitada en el proceso de venta del terreno de referencia.
Que en orden a dicho procedimiento, a partir del 12 de septiembre se efectuó la apertura del Registro de Interesados ante la Subsecretaria de Desarrollo Económico y Productivo en la Casa del Emprendedor, habiendo inscripto 3 (tres)
postulantes, a saber: SUCOPLAS S.A.S. -CUIT: 30-71730294-6 (Exp. Int. 2132/2024), COSTAMAGNA ADRIAN CARLOS - CUIT: 20-26377911-9 (Exp. Int.2190/2024) y S.I.M.E.E S.R.L. - CUIT: 30-71185723-7 (Exp. Int. 2191/2024).
Que finalizado el plazo de inscripción, se convocó a la Comisión de Evaluación, Calificación y Adjudicación, quien habiendo evaluado las diferentes propuestas, define adjudicar el Lote mencionado a SUCOPLAS S.A.S. (CUIT: 30-71730294-6), por ser la más conveniente a los intereses municipales.
Por todo ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756:
DECRETA:
Artículo 1°: Adjudíquese el Lote 6B del Plano de Mensura 24371/201, partida impuesto inmobiliario N° 08-11-00-060763/0088-2 a SUCOPLAS S.A.S. (30-71730294-6), en los términos de la Ordenanza 2310/2013 y conforme lo dictaminado por la Comisión de Evaluación, Calificación y Adjudicación.
Artículo 2°: Convóquese a sus socios, representantes o apoderados con facultades suficientes, para suscribir el respectivo boleto de compra-venta.
Artículo 3°: Refréndese el presente por el Sr. Secretario de Producción y Finanzas.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.