Sunchales Transparente
Decreto

3364/2024

Vigente

3364/2024 - Crea el Formulario de Sugerencias, Reclamos o Reconocimientos.

Texto de la norma

Texto sincronizado desde el Digesto Municipal oficial. Si hay diferencias con el PDF, prevalece el PDF firmado.

DECRETO 3364/2024: VISTO: La necesidad de promover canales de información y comunicación, que posibiliten a la ciudadanía formalizar el ingreso de la sugerencias, reclamos o reconocimientos, relacionados a la actividad y los diferentes servicios que se brindan desde el Municipio; y CONSIDERANDO: Que la ciudadanía, como usuaria de los servicios del Estado Local, se encuentra protegida jurídicamente por derechos dados por su condición como consumidora y administrada. Que el marco jurídico referenciado requiere la implementación de herramientas prácticas, de fácil acceso, que permitan a la ciudadanía, expresar sugerencias, reclamos o agradecimientos u otro tipo de presentación que sea de su necesidad. Que es intención de este Departamento Ejecutivo brindar vigencia práctica a los derechos de usuarios y consumidores, y asimismo promover el "trato digno" hacia el ciudadano, vedando toda "práctica abusiva" por parte de la administración municipal. Que en este mismo sentido, los agentes municipales deberán garantizar condiciones de atención, trato digno y equitativo a los usuarios, respetando la dignidad de la persona conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de derechos humanos, debiendo abstenerse los proveedores de desplegar conductas que coloquen a los usuarios en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. Por ello, el Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756: DECRETA: Art. 1°): Créase el Formulario de Sugerencias, Reclamos o Reconocimientos, que se incorpora como Anexo I. El Formulario se encontrará disponible en Mesa de Entradas del Palacio Municipal, para todo ciudadano que requiera dejar asentada una sugerencia, un reclamo o un reconocimiento. Art. 2°) Determínese que las actuaciones administrativas ingresadas mediante la presentación del formulario mencionado en el artículo 1ro, serán registradas en el Sistema de Expedientes Administrativos, y serán remitidas a los funcionarios correspondientes de acuerdo a las manifestaciones allí vertidas.