Sunchales Transparente
Decreto

N° 3635/2026

Vigente

3635/2026 - Establece para el personal de la Municipalidad de Sunchales, un incremento sobre las asignaciones de categoría.

Texto de la norma

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DECRETO N° 3635/2026. VISTO: El Decreto N.° 3613/2026 y lo dispuesto en la reunión paritaria del sector de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe celebrada el 5 de agosto de 2026; y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N.° 3613/2026 se dispusieron incrementos sobre las asignaciones de categorías del personal municipal del cinco por ciento (5 %) a partir de julio, del tres por ciento (3%) a partir de septiembre y del tres por ciento (3%) a partir de noviembre de 2026, calculados sobre las asignaciones de junio de 2026 adicionadas en un uno coma seis por ciento (1,6%); Que en la reunión paritaria del sector de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe celebrada el 5 de agosto de 2026, en el marco de la Ley N.° 9996, se acordó recomponer en un diez por ciento (10%) la escala salarial, aplicable sobre los haberes conformados a julio de 2026; Que la mencionada paritaria resulta un marco de referencia para la actualización salarial del personal de la Municipalidad de Sunchales. Que corresponde incorporar esa recomposición para el personal municipal como un incremento adicional a los ya dispuestos, manteniendo plenamente vigente el Decreto N.° 3613/2026 y sin alterar el régimen del Sueldo Mínimo Garantizado; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SUNCHALES DECRETA: Artículo 1.°.- Mantiénese la plena vigencia del Decreto N.° 3613/2026 en todos sus términos, conservando los incrementos, tramos y bases de cálculo allí establecidos. Artículo 2.°.- Establécese, para el personal de la Municipalidad de Sunchales, un incremento adicional del diez por ciento (10 %) a partir del 1 de septiembre de 2026, calculado sobre las asignaciones de categorías correspondientes al mes de julio de 2026, conforme resultan de la aplicación del Decreto N.º 3613/2026. Artículo 3.°.- Déjase establecido que el incremento dispuesto en el artículo 2.° se suma a los fijados por el Decreto N.° 3613/2026. En consecuencia, a partir de septiembre de 2026 cada asignación de categoría se integrará con: el importe que corresponda según el Decreto N. 3613/2026 para cada tramo; más el diez por ciento (10%) de la asignación de categoría de julio de 2026. Artículo 4.°.- Facúltase a la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas y a las áreas municipales competentes a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del presente Decreto. Artículo 5.°.- Impútese el gasto a las partidas presupuestarias correspondientes. Artículo 6.°.- El presente será refrendado por la Secretaría de Gobierno. Artículo 7.°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.