Sunchales Transparente
Decreto

3620/2026

Vigente

3620/2026 - Llama a concurso interno para la cobertura de una vacante del cargo de Agente de Inspección.

Texto de la norma

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DECRETO N° 3620/2026. VISTO: La Ordenanza N.° 3244/2025, que establece el régimen de ingreso y ascenso a la planta permanente de la administración pública municipal de Sunchales; y la necesidad institucional de garantizar la cobertura de un (1) cargo de Agente de Inspección en Secretaría de Producción y Empleo, a fin de fortalecer la capacidad operativa de atención de reclamos ciudadanos, el control del cumplimiento de la normativa de habilitaciones y la fiscalización de establecimientos comerciales, industriales y del espacio público en el ejido municipal; CONSIDERANDO: Que la cobertura del cargo debe realizarse mediante concurso interno en los términos del artículo 2.° de la Ordenanza N.° 3244/2025, atento a que existen personas trabajadoras en planta permanente, contratadas y transitorias con la antigüedad mínima exigida; en caso de declararse desierto, se procederá al llamado a concurso abierto conforme el artículo 91 de la Ley Provincial N.° 9286; Que el artículo 5.° de la citada ordenanza establece los contenidos que debe incluir el decreto de llamado a concurso, habiéndose verificado el cumplimiento de cada uno de los requisitos allí previstos; Que se cuenta con la previsión presupuestaria correspondiente y se ha acreditado la necesidad del servicio para el cargo a cubrir, conforme al artículo 5.° inciso h de la Ordenanza N.° 3244/2025; Que la Comisión de Selección ha sido conformada conforme lo dispuesto por el artículo 6.° de la ordenanza el artículo 103 de la Ley Provincial N.° 9286 y concordantes, y que todos sus miembros han completado la capacitación obligatoria prevista en el artículo 19.° de la misma norma; Que el perfil, las misiones y funciones del cargo, las bases de evaluación, la tabla de ponderación y el cronograma de plazos se detallan en los Anexos I, II y III del presente decreto, los cuales forman parte integrante del mismo; Por ello, el Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, DECRETA: Artículo 1.° - LLAMADO A CONCURSO. Llámase a concurso interno para la cobertura de una (1) vacante del cargo de Agente de Inspección, Categoría 16, agrupamiento Administrativo - Personal de Supervisión, dependiente de la Subdirección de Habilitaciones, conforme el régimen establecido por la Ordenanza N.° 3244/2025. En caso de declararse desierto el concurso interno, se procederá al llamado abierto en los términos del artículo 91 de la Ley Provincial N.° 9286. Artículo 2.° - REQUISITOS. Para inscribirse, los/as postulantes deberán: acreditar estudios secundarios completos (requisito excluyente); contar con una antigüedad mínima de 2 años continuos e inmediatos en la Municipalidad de Sunchales en calidad de personal de planta permanente o contratado/a, o de 4 años en caso de personal transitorio; no registrar sanciones disciplinarias vigentes ni sumarios administrativos abiertos en el último año; contar con licencia de conducir habilitante vigente (clase B y/o A, según los medios de movilidad disponibles en el área); presentar certificado negativo del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y certificado de Buena Conducta emitido por autoridad policial. La falta de documentación debidamente certificada que acredite el cumplimiento de los requisitos excluyentes invalidará la presentación al concurso, conforme el artículo 9.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Toda inscripción deberá ir acompañada por la correspondiente certificación de servicios y antigüedad. Artículo 3.° - AS. El concurso comprenderá las siguientes etapas, evaluadas de 0 a 100 puntos cada una: evaluación de antecedentes y entrevista personal. Adicionalmente, se realizará evaluación psicotécnica en los términos del artículo 4.° inciso 4.° de la Ordenanza N.° 3244/2025, dado que el cargo corresponde a la Categoría 16 y comprende funciones de control. La realización de cada etapa no podrá exceder los diez (10) días hábiles desde la finalización de la etapa anterior. La ponderación de cada etapa se detalla en el Anexo II, Sección . Artículo 4.° - GENDA DE PLAZOS. La convocatoria será publicada con una antelación mínima de veinte (20) días hábiles y el período de inscripción se ajustará a dicho plazo, conforme el artículo 10.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Las fechas concretas de publicación, inscripción y desarrollo de etapas serán fijadas en el cronograma que como Anexo II, Sección B, integra el presente decreto. Artículo 5° - INSCRIPCIÓN. Los/as postulantes presentarán el formulario de inscripción obrante como Anexo III, acompañado de la documentación requerida, en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Sunchales (Av. Belgrano 103), en horario de 08:00 a 12:00 hs., dentro del período establecido. La convocatoria interna será publicada mediante circular en los lugares de trabajo y remitida por correo electrónico institucional a los/as agentes de planta permanente, contratados/as y transitorios/as con veinte (20) días hábiles de anticipación, conforme el artículo 10.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Artículo 6.° - COMISIÓN DE SELECCIÓN. La Junta de Selección, conformada según lo dispuesto en el artículo 6.° de la Ordenanza N.° 3244/2025 y el artículo 103 de la Ley Provincial N.° 9286, estará integrada por los siguientes miembros titulares: la Sra. María Eugenia Gamero, Secretaria de Producción y Empleo; la Ab. María Florencia Núñez, Asesora de Normativa y Procesos Jurídico-Administrativos; y el Ing. Fernando H. M. Saccone, Jefe del Subdepartamento de Asistencia Profesional de la Dirección de Electrotecnia de la Municipalidad de Rafaela, en razón de su especialidad técnica en la materia del cargo. Como suplente se designa a la Ab. Melina Ballari, Subdirectora de Asesoría Legal y Técnica. La Junta contará, asimismo, con la representación de las asociaciones gremiales SOEM y SEOM, conforme la designación que cada una efectúe Artículo 7.° - DICTAMEN Y ORDEN DE MÉRITO, La Comisión de Selección elaborará el dictamen dentro de los diez (10) días hábiles computados desde la última etapa evaluatoria, conforme el artículo 16.° de la ordenanza. El dictamen contendrá la nómina de inscriptos/as con el puntaje obtenido en cada etapa, el puntaje global ponderado, las presentaciones descalificadas con indicación de la causa y la nómina confeccionada por orden de mérito. Solo integrarán el orden de mérito quienes hubieren obtenido sesenta (60) puntos o más en el puntaje global ponderado resultante de las etapas de evaluación de antecedentes y entrevista personal. En caso de que ningún/a concursante alcance dicho puntaje, el concurso se declarará desierto y se realizará una nueva convocatoria. Artículo 8.° - PERFIL Y FUNCIONES. Las misiones, funciones y el perfil requerido para el cargo se detallan en el Anexo I del presente decreto, el cual forma parte integrante del mismo. Artículo 9.° - COMUNICACIONES. El resultado de cada etapa será publicado en la página web oficial de la Municipalidad y notificado a cada postulante por correo electrónico. Los/as aspirantes dispondrán de tres (3) días hábiles desde la notificación para requerir nota aclaratoria que supla omisiones, corrija errores o aclare conceptos, conforme el artículo 14.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Artículo 10.° - PREVISIÓN PRESUPUESTARIA, El cargo objeto del presente llamado cuenta con previsión presupuestaria vigente, certificada por la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas. Su cobertura se encuentra justificada en la necesidad operativa del servicio y se ajusta a la capacidad presupuestaria del Municipio, conforme el artículo 5.° inciso h de la Ordenanza N.° 3244/2025. Artículo 11.- INFORME ANUAL. Los resultados del presente concurso serán incorporados al informe anual que el Departamento Ejecutivo deberá publicar y remitir al Concejo Municipal conforme el artículo 20.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Artículo 12. - Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.