N° 4374/2026
Vigente4374/2026 - Tiene por recibido y firme el dictamen de la Junta Médica de fecha 06/06/2026, que califica apto al agente Flamenco, para el desempeño de sus tareas.
Texto de la norma
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RESOLUCIÓN N° 4374/2026. VISTO: El dictamen de la junta médica de fecha 6 de junio de 2026 relativo al agente Hugo Daniel Flamenco, D.N.I. N.° 20.145.033, las constancias obrantes en su legajo personal y en su carpeta médica, y lo dispuesto por las Leyes N.° 14,436; 9286 y N.° 9.256; y CONSIDERANDO: Que el agente Hugo Daniel Flamenco se encuentra en uso de licencia por enfermedad de larga duración, de manera continuada, desde el año 2020, conforme las constancias obrantes en su'legajo y carpeta médica. Que con fecha 29 de mayo de 2026 el agente fue citado a junta médica; que con fecha 3 de junio de 2026 presentó un nuevo certificado médico; y que, previa entrevista celebrada el 2 de junio de 2026 con intervención del Dr. Sebastián Isaurralde, médico municipal, y del Dr. Alejandro Ruiz Díaz, médico psiquiatra, la junta médica emitió dictamen con fecha 6 de junio de 2026. Que el referido dictamen concluye que no surgen signos ni síntomas que justifiquen una incapacidad laborativa, calificando al agente apto para el desempeño de sus tareas. Que, conforme la conclusión médica, no subsiste causal que ampare la inasistencia del agente al servicio, no resultando idóneo a tal fin el certificado particular presentado, toda vez que la licencia por enfermedad de larga duración se otorga únicamente previo dictamen-de junta médica, conforme los artículos 11 y 16 a 20 de la Ley N. 9.256. Que, asimismo, se encuentran agotados los plazos máximos de licencia con goce de haberes por enfermedad de larga duración previstos en el artículo 17 de la Ley N 9.256 -dos años por cada enfermedad y un máximo de cinco años en toda la carrera administrativa- correspondiendo, en consecuencia, tener por concluida dicha licencia. Que, por lo expuesto, corresponde tener por concluida la licencia, ordenar el reintegro del agente e intimarlo a tal efecto, bajo apercibimiento de que las inasistencias que se registren sean consideradas injustificadas. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades propias. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SUNCHALES RESUELVE: Artículo 1.° - Tener por recibido y firme el dictamen de la junta médica de fecha 6 de junio de 2026, que califica apto al agente Hugo Daniel Flamenco, D.N.I. N.° 20.145.033, para el desempeño de sus tareas. Artículo 2.° - Tener por concluida la licencia por enfermedad de larga duración del agente Hugo Daniel Flamenco, por las razones expuestas en los considerandos. Artículo 3.° -Intímase al agente Hugo Daniel Flamenco a reintegrarse de manera inmediata al cumplimiento de sus funciones, debiendo presentarse ante el Área de Gestión Humana de la Municipalidad de Sunchales dentro del plazo de veinticuatro (24) horas hábiles administrativas contadas a partir de la notificación de la presente, bajo apercibimiento de adoptar las medidas administrativas que correspondan en caso de incumplimiento Artículo 4.°- Hacer saber al agente que, vencido el plazo del artículo anterior sin que se reintegre efectivamente ni justifique en debida forma su inasistencia, las ausencias serán consideradas injustificadas a partir de esa fecha. Artículo 5.°- Notifíquese al agente de manera fehaciente, con copia del dictamen referido; regístrese; comuníquese al Área de Gestión Humana a sus efectos; oportunamente archívese.