N° 4373/2026
Vigente4373/2026 - Establece el procedimiento de gestión interna para la respuesta a los oficios judiciales recibidos por la Municipalidad de Sunchales.
Texto de la norma
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RESOLUCIÓN N° 4373/2026. VISTO: La necesidad de establecer un procedimiento institucional uniforme para la respuesta a los oficios judiciales recibidos por la Municipalidad de Sunchales, en cumplimiento de las obligaciones del municipio en el marco de los requerimiento del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Sunchales, en su carácter de persona jurídica pública, se encuentra obligada a responder los oficios judiciales en tiempo y forma, bajo apercibimiento de las sanciones institucionales que el incumplimiento pudiera acarrear. Que la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica es el área competente para recepcionar, tramitar y dar respuesta formal a los oficios que emitan los órganos del Poder Judicial, requiriendo a tal efecto la colaboración de las distintas áreas municipales que cuenten con la información solicitada. Que resulta indispensable fijar plazos claros, un canal de comunicación único y requisitos: de forma para las respuestas internas, a efectos de garantizar que la actuación municipal sea oportuna, coherente y debidamente respaldada. Que la información aportada por cada área municipal constituirá documentación respaldatoria de la respuesta oficial, por lo que debe reunir condiciones de claridad, precisión, identificación institucional y firma del responsable. Por todo ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 14436. RESUELVE: ARTÍCULO 1°. OBJETO. Establécese el procedimiento de gestión interna para la respuesta a los oficios judiciales recibidos por la Municipalidad de Sunchales, de cumplimiento obligatorio para todas las áreas municipales. ARTÍCULO 2°. ÁREA RESPONSABLE. La Coordinación de Asesona Legal y Técnica será la responsable de recepcionar los oficios judiciales, distribuir los requerimientos a las áreas competentes y remitir la respuesta oficial al órgano judicial interviniente. ARTÍCULO 3°. CANAL DE COMUNICACIÓN. Todo requerimiento de información formulado en el marco de un oficio judicial será enviado por la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica al área correspondiente mediante la casilla de correo electrónico institucional oficios@sunchales.gov.ar, y deberá ser respondido por esa misma vía. ARTÍCULO 4°. PLAZO DE RESPUESTA. Las áreas municipales requeridas deberán remitir la información solicitada dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la recepción del correo electrónico cursado por la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica. ARTÍCULO 5°. SOLICITUD DE PRÓRROGA. Cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada impida cumplir el plazo establecido en el artículo anterior, el área responsable deberá comunicar tal circunstancia a la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica dentro de las veinticuatro (24) horas de recibido el requerimiento, indicando los motivos y el plazo adicional estimado para dar respuesta. ARTÍCULO 6°. REQUISITOS DE FORMA. La respuesta elaborada por el área municipal deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Redactarse en hoja oficial de la Municipalidad de Sunchales con la leyenda correspondiente al ejercicio en curso. b) Contener la identificación del área que informa. c) Redactarse en fuente Arial Narrow tamaño 12, con texto justificado e interlineado 1,5. d) Incluir la información de manera clara y concisa, referenciando la fuente de cada dato consignado. e) Ser suscripta con firma, aclaración y cargo del/la responsable del área en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales. f) Remitirse en formato PDF a la casilla oficios@sunchales.gov.ar. ARTÍCULO 7°. VALOR DEL INFORME. La documentación aportada por el área será adjuntada como respaldo de la respuesta judicial oficial elaborada por la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica. Lo informado por el área tendrá carácter de declaración institucional y comprometerá la responsabilidad del funcionario o agente que lo suscriba. ARTÍCULO 8°. NOTIFICACIÓN. Comuníquese el presente a todas las Secretarías, Subsecretarías y áreas de la Municipalidad de Sunchales para su conocimiento y cumplimiento. ARTÍCULO 9°. VIGENCIA. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su firma. ARTÍCULO 10°. Regístrese, comuníquese y archívese.