Sunchales Transparente
Decreto

3590/2026

Vigente

3590/2026 - Aprueba la operatoria complementaria para la adhesión al Régimen Especial de Regularización establecido por la Ordenanza N° 3283/2026 y reglamentado por el Decreto N° 3585/2026

Texto de la norma

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DECRETO N° 3590/2026. VISTO: La Ordenanza N.° 3283/2026 y el Decreto Reglamentario N.° 3585/2026; y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza N.° 3283/2026 establece un Régimen Especial de Regularización de deudas vinculadas a inmuebles categorizados como terrenos baldíos. Que dicho régimen prevé un beneficio significativo para los contribuyentes alcanzados, consistente en una quita del setenta por ciento (70%) sobre el capital de la deuda comprendida, conforme las condiciones establecidas en la norma. Que el Decreto Reglamentario N.° 3585/2026 fijó las pautas operativas necesarias para su implementación y designó como autoridad de aplicación a la Subsecretanía de Hacienda y Finanzas. Que corresponde complementar dicha reglamentación, estableciendo un procedimiento simple, claro y accesible para que los contribuyentes puedan consultar su deuda, conocer las alternativas de pago y formalizar la adhesión al régimen. Que los principios de buena administración imponen a la Administración Municipal el deber de facilitar el acceso de los ciudadanos a los beneficios vigentes, simplificar trámites, evitar cargas innecesarias y procurar respuestas claras, oportunas y eficaces. Que, en el mismo sentido, el criterio de ciudadano digital exige adaptar progresivamente los procedimientos administrativos a canales de comunicación ágiles, seguros y accesibles, especialmente cuando ello permite reducir la presencialidad y mejorar la atención. Que si bien la Municipalidad no cuenta actualmente con sistemas digitales óptimos que permitan completar en línea la totalidad del trámite, resulta posible y conveniente utilizar los canales oficiales disponibles, tales como correos electrónicos institucionales y teléfonos oficiales, a fin de que el contribuyente no deba concurrir presencialmente más de una vez. Que el trámite regulado por el presente no importa restricción ni afectación de derechos, sino la adhesión voluntaria a un régimen beneficioso para el contribuyente, por que la actuación administrativa debe concentrarse en verificar que quien adhiera sea titular del inmueble o representante debidamente acreditado. Que, por ello, resulta necesario aprobar una operatoria complementaria que permita iniciar consultas por medios digitales o telefónicos, remitir información de deuda y simulaciones de pago, y formalizar la adhesión mediante suscripción presencial o remisión de nota firmada por canales oficiales. Por ello, el Intendente de la Municipalidad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente: DECRETO N° 3590/2026: ARTÍCULO 1: Apruébese la operatoria complementaria para la adhesión al Régimen Especial de Regularización establecido por la Ordenanza N.° 3283/2026 y reglamentado por el Decreto N.° 3585/2026. ARTÍCULO 2: La Subsecretaría de Hacienda y Finanzas será la autoridad responsable de coordinar la aplicación del presente procedimiento, a través de las áreas municipales competentes. ARTÍCULO 3: El contribuyente interesado en adherir al régimen podrá iniciar la consulta por cualquiera de los siguientes medios oficiales: a) correo electrónico institucional del área de Gestión de Cuentas: gestioncuentas@sunchales.gov.ar; b) correo electrónico institucional del área de Gestión de Cobranzas: gestioncobranza@sunchales.gov.ar; c) mensaje de Whats App o comunicación telefónica al número oficial del Departamento de Gestión de Cobranzas: 3493 463769; d) atención presencial en la Municipalidad. ARTÍCULO 4: Recibida la consulta, el área competente deberá identificar el padrón municipal, verificar la deuda alcanzada por el régimen y remitir al contribuyente la información correspondiente junto con una simulación de las modalidades de pago disponibles. ARTÍCULO 5: La información remitida al contribuyente deberá indicar, como mínimo: a) identificación del padrón; b) deuda comprendida en el régimen; c) beneficio aplicable; d) monto resultante; e) alternativas de pago disponibles; f) vencimientos estimados; g) condiciones de adhesión y caducidad. ARTÍCULO 6: La formalización de la adhesión podrá realizarse mediante alguna de las siguientes modalidades: a) suscripción presencial de la solicitud de adhesión ante el área municipal competente; b) remisión de nota firmada y escaneada a los canales oficiales indicados en el artículo 3.. ARTÍCULO 7: La nota de adhesión deberá contener: a) datos identificatorios del contribuyente; b) identificación del inmueble o padrón municipal; c) manifestación expresa de voluntad de adherir al Régimen Especial de Regularización de la Ordenanza N.° 3283/2026 y su Decreto Reglamentario N.° 3585/2026; d) elección de la modalidad de pago; e) declaración de conocimiento y aceptación de las condiciones del régimen, sin reservas. ARTÍCULO 8: Recibida la solicitud, el área competente procederá a cargar la adhesión en sistema municipal, emitir el plan de pago elegido. el ARTÍCULO 9: Al momento de formalizar la adhesión, deberá informarse expresamente al contribuyente que la mora en dos cuotas, consecutivas o alternadas, producirá la caducidad del plan, conforme lo establecido por la normativa aplicable. ARTÍCULO 10°: Instrúyese a las áreas intervinientes a utilizar los canales oficiales disponibles de manera coordinada, procurando que el contribuyente pueda recibir información previa, conocer su deuda y elegir la modalidad de pago sin concurrencias presenciales innecesarias. ARTÍCULO 11: Instrúyese al área de comunicación institucional a difundir los canales oficiales habilitados para consultas y adhesión al régimen, en coordinación con la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 12: Refréndese el presente Decreto por Secretaría de Gobierno. ARTÍCULO 13: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.