N° 3582/2026
Vigente3582/2026 - Llama a concurso interno para la cobertura de una vacante del cargo de Asesor/a de Normativa y Procesos Jurídico-Administrativos.
Texto de la norma
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DECRETO N° 3582/2026
VISTO:
La Ordenanza N.° 3244/2025, que establece el régimen de ingreso y ascenso a la planta permanente de la administración pública municipal de Sunchales; el Decreto N.° 3570/2026, mediante el cual se dispuso la organización funcional interna de la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica y se creó, entre otros, el cargo de Asesor/a de Normativa y Procesos Jurídico-Administrativos - Categoría 20; y la necesidad de cubrir dicha vacante mediante el procedimiento de selección previsto por la normativa vigente;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N.° 3570/2026 creó el cargo de Asesor/a de Normativa y Procesos Jurídico-Administrativos - Categoría 20, con misión y funciones claramente delimitadas dentro de la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría de Gobierno, orientadas a intervenir en la producción normativa, el control de legalidad, la trazabilidad de los procesos jurídico-administrativos y la gestión técnica de registros jurídicos del área;
Que la cobertura del cargo debe realizarse mediante concurso interno en los términos del artículo 2.° de la Ordenanza N.° 3244/2025, atento a que existen personas trabajadoras en planta permanente, contratadas y transitorias con la antigüedad mínima exigida; en caso de declararse desierto, se procederá al llamado a concurso abierto conforme el artículo 91 de la Ley Provincial N.° 9286;
Que el artículo 5.° de la citada ordenanza establece los contenidos que debe incluir el decreto de llamado a concurso, habiéndose verificado el cumplimiento de cada uno de los requisitos allí previstos;
Que se cuenta con la previsión presupuestaria correspondiente y se ha acreditado la necesidad del servicio para el cargo a cubrir, conforme al artículo 5.° inciso h de la Ordenanza N.° 3244/2025;
Que la Comisión de Selección ha sido conformada conforme lo dispuesto por el artículo 6.° de la ordenanza y el artículo 103 de la Ley Provincial N.° 9286 y concordantes, y que todos sus miembros han completado la capacitación obligatoria prevista en el artículo 19.° de la misma norma;
Que el perfil, las misiones y funciones del cargo, las bases de evaluación, la tabla de ponderación, el cronograma de plazos y el contenido de la evaluación de competencias técnicas se detallan en los Anexos I, II y III del presente decreto, los cuales forman parte integrante del mismo;
Por ello, el Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A:
Artículo 1.° - LLAMADO A CONCURSO. Llámase a concurso interno para la cobertura de una (1) vacante del cargo de Asesor/a de Normativa y Procesos Jurídico-Administrativos, Categoría 20, agrupamiento profesional, dependiente de la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica de la Secretaría de Gobierno, conforme el régimen establecido por la Ordenanza N.° 3244/2025. En caso de declararse desierto el concurso interno, se procederá al llamado abierto en los términos del artículo 91 de la Ley Provincial N.° 9286.
Artículo 2.° - REQUISITOS. Para inscribirse, los/as postulantes deberán: acreditar título de abogado/a (requisito excluyente); contar con una antigüedad mínima de dos (2) años continuos e inmediatos en la Municipalidad de Sunchales en calidad de personal de planta permanente o contratado/a, o de cuatro (4) años en caso de personal transitorio; no registrar sanciones disciplinarias graves en el legajo personal; presentar certificado negativo del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y certificado de Buena Conducta emitido por autoridad policial; y acreditar experiencia en producción normativa, control de legalidad o gestión de expedientes y procesos jurídico-administrativos, lo cual constituye condición deseable. La falta de documentación debidamente certificada que acredite el cumplimiento de los requisitos excluyentes invalidará la presentación al concurso, conforme el artículo 9.° de la Ordenanza N.° 3244/2025. Toda inscripción deberá ir acompañada por la correspondiente certificación de servicios y antigüedad.
Artículo 3.° - ETAPAS. El concurso comprenderá cuatro etapas, evaluadas de 0 a 100 puntos cada una: evaluación de antecedentes, evaluación de competencias técnicas, entrevista personal y evaluación psicotécnica -esta última requerida en virtud de la Categoría 20 del cargo concursado, conforme el artículo 4.° de la Ordenanza N.° 3244/2025-. La realización de cada etapa no podrá exceder los diez (10) días hábiles desde la finalización de la etapa anterior. La ponderación de cada etapa se detalla en el Anexo II, Sección A.-
Artículo 4.° - EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS TÉCNICAS. La evaluación de competencias técnicas consistirá en un trabajo de diagnóstico y propuesta cuya consigna obra en el Anexo II, Sección C del presente decreto. La consigna será notificada a los/as postulantes junto con la convocatoria, a fin de que cuenten con el tiempo del período de inscripción para su elaboración. El trabajo deberá ser presentado el día y hora que indique la Comisión de Selección, y no se recibirán trabajos fuera de término. La Comisión podrá utilizar el trabajo presentado como base para profundizar la entrevista personal prevista en el artículo 12.° de la Ordenanza N.° 3244/2025.
Artículo 5.° - AGENDA DE PLAZOS. La convocatoria se publicará el día 20 de abril de 2026, quedando abierto el período de inscripción desde esa fecha hasta el 19 de mayo de 2026, conforme al plazo de veinte (20) días hábiles de anticipación establecido por el artículo 10.° de la ordenanza. La Etapa 1 de evaluación de antecedentes se desarrollará entre el 20 de mayo y el 4 de junio de 2026. La Etapa 2 de evaluación de competencias técnicas tendrá lugar entre el 5 y el 22 de junio de 2026. La Etapa 3 de entrevista personal se llevará a cabo entre el 23 de junio y el 7 de julio de 2026. La Etapa 4 de evaluación psicotécnica se extenderá entre el 8 y el 23 de julio de 2026. La Comisión de Selección elaborará el orden de mérito a más tardar el 6 de agosto de 2026. Las notificaciones de resultados se realizarán a partir del 7 de agosto de 2026, con un plazo de tres (3) días hábiles para requerir nota aclaratoria, venciendo el 12 de agosto de 2026. El orden de mérito tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses desde la formalización de la designación o promoción, conforme el artículo 18.° de la ordenanza. El cronograma se detalla asimismo en el Anexo II, Sección B.
Artículo 6.° - INSCRIPCIÓN. Los/as postulantes presentarán el formulario de inscripción obrante como Anexo III, acompañado de la documentación requerida, en la Secretaría de Gobierno, dentro del período establecido. La convocatoria interna será publicada mediante circular en los lugares de trabajo y remitida por correo electrónico institucional a los/as agentes de planta permanente, contratados/as y transitorios/as con veinte (20) días hábiles de anticipación, conforme el artículo 10.° de la Ordenanza N.° 3244/2025.
Artículo 7.° - COMISIÓN DE SELECCIÓN. La Comisión de Selección estará integrada conforme lo dispuesto por el artículo 6.° de la Ordenanza N.° 3244/2025 y el artículo 103 de la Ley Provincial N.° 9286. De su funcionamiento y de las resoluciones adoptadas quedará constancia en actas, en las que se consignarán la fecha, las personas presentes y los actos correspondientes al proceso de selección.
Artículo 8.° - DICTAMEN Y ORDEN DE MÉRITO. La Comisión de Selección elaborará el dictamen dentro de los diez (10) días hábiles computados desde la última etapa evaluatoria, conforme el artículo 16.° de la ordenanza. El dictamen contendrá la nómina de inscriptos/as con el puntaje obtenido en cada etapa, el puntaje global ponderado, las presentaciones descalificadas con indicación de la causa y la nómina confeccionada por orden de mérito. Solo integrarán el orden de mérito quienes hubieren obtenido sesenta (60) puntos o más. En caso de que ningún/a concursante alcance dicho puntaje, el concurso se declarará desierto y se realizará una nueva convocatoria.
Artículo 9.° - PERFIL Y FUNCIONES. Las misiones, funciones y el perfil requerido para el cargo se detallan en el Anexo I del presente decreto, el cual forma parte integrante del mismo.
Artículo 10.° - COMUNICACIONES. El resultado de cada etapa será publicado en la página web oficial de la Municipalidad y notificado a cada postulante por correo electrónico. Los/as aspirantes dispondrán de tres (3) días hábiles desde la notificación para requerir nota aclaratoria que supla omisiones, corrija errores o aclare conceptos, conforme el artículo 14.° de la Ordenanza N.° 3244/2025.
Artículo 11.° - PREVISIÓN PRESUPUESTARIA. El cargo objeto del presente llamado cuenta con previsión presupuestaria vigente. Su incorporación se encuentra justificada en la necesidad institucional del servicio y se ajusta a la capacidad presupuestaria del Municipio, conforme el artículo 5.° inciso h de la Ordenanza N.° 3244/2025.
Artículo 12.° - INFORME ANUAL. Los resultados del presente concurso serán incorporados al informe anual que el Departamento Ejecutivo deberá publicar y remitir al Concejo Municipal conforme el artículo 20.° de la Ordenanza N.° 3244/2025.
Artículo 13.° - Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.