N° 4353/2026
Vigente4353/2026 - Aprueba el Procedimiento de Numeración y Registro de Ordenanzas Municipales.
Texto de la norma
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RESOLUCIÓN N° 4353/2026. VISTO: Lo dispuesto en los artículos 39 inciso 12 y 41 incisos 5 y 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades N.° 2756; y CONSIDERANDO: Que corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanzas sancionadas por el Concejo Municipal, proveer a su ejecución y observarlas dentro del término fijado por la ley. Que la práctica vigente de asignar número a las ordenanzas por parte del Concejo al momento de su sanción respondió históricamente a necesidades de orden y simplificación administrativa, y ha demostrado ser un mecanismo práctico y eficaz en términos operativos. Sin embargo, como consecuencia directa de asignar el número con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma, se han verificado casos en los que la ordenanza no llegó a entrar en vigencia y, pese a ello, conservó el número ya asignado, afectando la correlatividad del ordenamiento normativo Que a través del dictado del presente se pretende establecer un procedimiento que evite estas dificultades, preservando además la concordancia con los actuales registros Por ello, el Intendente en uso de las facultades que le son propias, dicta la siguiente RESOLUCIÓN: ARTÍCULO 1°.- Apruébase el "Procedimiento de Numeración y Registro de Ordenanzas Municipales", que como ANEXO I forma parte integrante del presente Decreto. ARTÍCULO 2°.- Dispónese que todo texto de ordenanza sancionado por el Concejo Municipal será remitida al Departamento Ejecutivo sin asignación de número, a efectos de su promulgación u observación. ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo llevará el Registro Oficial de Ordenanzas Promulgadas, el cual se mantendrá concordante con el registro que, a tal efecto, llevará el Concejo Municipal.