Sunchales Transparente
Ordenanza

3275/2026

Vigente

3275/2026 - Otorga aporte financiero mensual a la Asociación Bomberos Voluntarios de Sunchales.

Texto de la norma

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ORDENANZA N° 3275/2026.
ARTÍCULO 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal otorgará un aporte financiero mensual a la Asociación Bomberos Voluntarios de Sunchales, en el marco de un convenio cuya duración será de un (1) año.-

ARTÍCULO 2°: Durante los primeros tres (3) meses, el aporte mensual será de $5.200.000 (pesos cinco millones doscientos mil). A partir del cuarto mes, el monto del aporte podrá ser reevaluado en función de la situación financiera y operativa de la Asociación Bomberos Voluntarios, considerando los avances en las acciones de autofinanciación. -

ARTÍCULO 3°: Facúltse al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente, conforme al modelo establecido como ANEXO I de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 4°: La Asociación Bomberos Voluntarios de Sunchales debe:

a)implementar acciones concretas para obtener la colaboración de la ciudadanía y avanzar hacia la autonomía financiera,

b)presentar informes mensuales sobre la utilización de los fondos asignados y los avances en dichas acciones.

Entre las acciones concretas que la Asociación Bomberos Voluntarios puede implementar, se incluyen:

a)campañas de concientización para fomentar donaciones voluntarias directas;

b)organización de eventos benéficos, como rifas, festivales o colectas públicas;

c) implementación de sistemas de membresía o socios adherentes con beneficios específicos, y

d) gestión de convenios con empresas locales para recibir aportes o donaciones en especie.-

ARTÍCULO 5°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las reasignaciones presupuestarias necesarias para cumplir con lo dispuesto en la presente Ordenanza.-