Sunchales Transparente
Resolución

4337/2025

Vigente

4337/2025 - Dispone que la ejecución de obras previstas para la Escuela N° 379 Florentino Ameghino, se realice a través del Instituto Municipal de la Vivienda (IMV).

Texto de la norma

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RESOLUCIÓN N° 4337/2025. VISTO: El programa "ABRE ESCUELA-INTERVENCIONES INTEGRALES" impulsado por la Provincia de Santa Fe, destinado a fortalecer la infraestructura educativa mediante obras en instituciones educativas en diversas jurisdicciones, y; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Sunchales ha sido seleccionada para recibir fondos y prototipos para demolición de mamposterías y cubiertas de la construcción existente, según planimetría y la construcción de dos aulas y un comedor con cocina en la escuela N° 379 Florentino Ameghino. Que el Instituto Municipal de la Vivienda (IMV) cuenta con la capacidad operativa y técnica requerida para la ejecución de proyectos de infraestructura significativos, siendo su competencia y experiencia reconocidas en la gestión y desarrollo de obras públicas de este tipo; Que es objetivo de esta Administración garantizar la eficiencia y eficacia en la realización de las obras públicas encomendadas, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad y los tiempos previstos; Que para la adecuada ejecución de la obra es necesario que los fondos recibidos en el marco del programa programa "ABRE ESCUELA INTERVENCIONES INTEGRALES" sean remitidos al ente autárquico Instituto Municipal de la Vivienda. POR ELLO, El Intendente de la Municipalidad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, dicta la siguiente RESOLUCIÓN: Artículo 1° - Dispónese que la ejecución de las obras previstas para la Escuela N.º 379 Florentino Ameguino destinada a ser financiada por el programa "ABRE ESCUELA-INTERVENCIONES INTEGRALES " de la Provincia de Santa Fe, se realice a través del Instituto Municipal de la Vivienda (IMV). Artículo 2° - Encomiéndese al IMV la planificación, ejecución y supervisión de la obra mencionada, asegurando la aplicación de los fondos y prototipos proporcionados por la Provincia de Santa Fe conforme a los requerimientos técnicos y estándares de calidad estipulados. Artículo 3° - Remítanse a la cuenta oficial del Instituto Municipal de la Vivienda los fondos recibidos por la Municipalidad en el marco del programa "ABRE ESCUELA-INTERVENCIONES INTEGRALES" con el destino especificado en la presente. Artículo 4° - Informese al IMV que deberá rendir cuentas sobre el avance de las obras y la aplicación de los fondos en los términos establecidos en el programa "ABRE ESCUELA-INTERVENCIONES INTEGRALES", ante la Municipalidad de Sunchales. Artículo 5° - Refréndese por el Subsecretario de Hacienda y Finanzas.