N° 3259/2025
Vigente3259/2025 - Incorpora al Presupuesto General del presente ejercicio fiscal los saldos no invertidos provenientes del ejercicio fiscal anterior cerrado, disponibles en la cuenta creada por Ordenanza N° 2267/2012.
Texto de la norma
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ORDENANZA N° 3259/2025. ARTÍCULO 1.- Incorpóranse al Presupuesto General del presente ejercicio fiscal los saldos no invertidos provenientes del ejercicio fiscal anterior cerrado, disponibles en la cuenta especial del Banco Nación creada según Ordenanza N° 2267/2012, conforme al siguiente detalle: Barrio Sancor: pesos un millón doscientos treinta y un mil sesenta y seis ($1.231.066,00). Barrio Moreno: pesos setecientos cuarenta y siete mil trescientos sesenta y cuatro, con 70/100 ($747.364,70). Barrio Sur: pesos novecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta y cuatro, con 20/100 ($981.254,20). Barrio 9 de Julio: pesos dos millones trescientos setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y ocho, con 93/100 ($2.372.468,93). Barrio Centro: pesos ciento ochenta y dos mil ciento ochenta y nueve, con 88/100 ($182.189,88).- ARTÍCULO 2°.- Los saldos incorporados se destinarán a los siguientes fines: En el caso de los barrios Moreno y Centro, a financiar proyectos vecinales correspondientes al ejercicio 2025. En el caso de los barrios Sancor, Sur y 9 de Julio, a completar las compras pendientes de los proyectos del ejercicio 2024.- ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la incorporación de los saldos no invertidos, respetando los principios de transparencia y eficiencia en la administración de los recursos públicos.- ARTÍCULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal debe rendir cuentas trimestralmente al Concejo sobre el uso y destino de los fondos incorporados.