Sunchales Transparente
Resolución

4333/2025

Vigente

4333/2025 - Reconoce la procedencia del adicional por título universitario a las agentes Lucia Beatriz Sánchez, María de los Ángeles Gorosito y Daniela Marina Moyano.

Texto de la norma

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RESOLUCIÓN 4333/2025. VISTO: El pedido formulado por agentes del Departamento Ejecutivo Municipal tendiente al reconocimiento del adicional por título universitario, y el Dictamen Técnico Jurídico emitido por la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica de fecha 20 de octubre de 2025, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 9286 - Anexo II - Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe establece en su artículo 1° que el régimen comprende al personal de planta permanente que presta servicios en las municipalidades y comunas de la provincia. Que el artículo 52 del citado Estatuto prevé un adicional por título para el personal comprendido en el régimen, siempre que el título sea oficial, guarde relación con las funciones desempeñadas y se incorpore al legajo personal. Que del informe elaborado por el Área de Gestión Humana y el dictamen legal mencionado surge que las agentes Lucía Beatriz Sánchez (Dirección de Función Pública), María de los Ángeles Gorosito (Dirección de Educación) y Daniela Marina Moyano (Dirección de Salud) revisten carácter estatutario, encontrándose comprendidas en el régimen de la Ley N° 9286, resultando procedente el reconocimiento del adicional por título universitario conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del mencionado cuerpo normativo. Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, RESUELVE: Artículo 1°: Reconócese la procedencia del adicional por título universitario, conforme lo previsto en el artículo 52 del Anexo Il de la Ley N° 9286, a las agentes Lucía Beatriz Sánchez (Dirección de Función Pública), María de los Ángeles Gorosito (Dirección de Educación) y Daniela Marina Moyano (Dirección de Salud), previo control de autenticidad y relación funcional del título por parte del Área de Gestión Humana. Artículo 2°: Instrúyese al Área de Gestión Humana para que realice las verificaciones correspondientes respecto de la documentación presentada y proceda a la liquidación del adicional conforme a los porcentajes y condiciones que determine la reglamentación vigente. Artículo 3°: Encomendar a la Coordinación de Asesoría Legal y Técnica el seguimiento de la implementación de estas medidas, brindando la asistencia técnica necesaria para asegurar su cumplimiento y proponiendo ajustes si fuese necesario.