N° 4330/2025
Vigente4330/2025 - Dispone el cierre del sumario administrativo iniciado mediante Resolución N° 4311/2025
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RESOLUCIÓN 4330/2025. VISTO: El sumario administrativo tramitado en el expediente N| 893/2025, iniciado mediante Resolución N° 4311/2025 de fecha 20 de mayo de 2025, en relación al agente municipal Juan Carlos RODRIGUEZ, DNI N° 14.438.615, por presunto incumplimiento a los deberes establecidos en el artículo 13 inc. b y 14 inc. f) de la Ley N° 9286, y CONSIDERANDO: Que del análisis exhaustivo del procedimiento se ha acreditado que el agente consignó como domicilio de residencia uno que no se corresponde con su residencia real y efectiva, circunstancia exigida expresamente por la normativa aplicable para la validación de la candidatura en procesos electorales vecinales; Que la prueba reunida, tanto documental como testimonial, ha sido valorada conforme a las reglas de la sana crítica racional, destacándose como prueba de cargo: (i) el DNI presentado por el agente; (ii) los registros del sistema de sueldos y legajo; (iii) el archivo de domicilio anterior; (iv) los dichos radiales del propio agente, en los cuales reconoce que no vive en barrio cooperativo; (v) las declaraciones testimoniales ofrecidas por el agente, que no logran revertir lo acreditado; Que si bien no se configura dolo directo, se ha verificado una conducta negligente y reprochable desde el punto de vista funcional, que derivó en una consecuencia institucional grave: la exclusión del agente del proceso electoral barrial y la intervención de la Comisión Vecinal respectiva; Que el accionar del agente vulnera el principio de veracidad y compromete la imagen de la administración pública local, particularmente en un proceso democrático y. participativo de fuerte contenido social como es el de las elecciones vecinales; Que el agente fue previamente advertido de que el requisito exigido era el de residencia real, y no simplemente domicilio legal, sin embargo, decidió sostener su postulación en esas condiciones, generando un hecho que impactó negativamente en la comunidad; Que la instrucción sumarial se desarrolló respetando plenamente el derecho de defensa y el debido proceso, habiendo el agente tomado vista, presentado descargo y ofrecido prueba; Que el dictamen legal obrante a fs.85 a 87 recomienda la aplicación de una sanción de quince (15) días de suspensión sin goce de haberes, conforme lo previsto en el artículo 62 del Estatuto del Empleado Municipal (Ley 9286), atento la gravedad del hecho y los antecedentes disciplinarios que registra, encuadrando su conducta Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, RESUELVE: Artículo 1°: Disponer el cierre del sumario administrativo iniciado mediante Resolución N° 4311/2025. Artículo 2°: Aplíquese al agente municipal Juan Carlos RODRIGUEZ, DNI N° 14.438.615, la sanción disciplinaria de SUSPENSIÓN SIN GOCE DE HABERES POR EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, por incurrir en conductas incompatibles con los deberes establecidos en el artículo 13 inciso b) de la Ley N° 9286, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos. Artículo 3°: Notificar al agente y dejar constancia de las actuaciones relacionadas con el sumario administrativo en el legajo personal del Sr. Juan Carlos Rodriguez.