N° 4160/2022
Vigente4160/2022 - Contratación del arquitecto José Gabriel Díaz, por tiempo determinado, a partir del 01/02/2022 y hasta el 31/12/2022, para la realización de las tareas específicas a cargo del Conductor Ejecutivo del Instituto Municipal de la Vivienda.
Texto de la norma
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RESOLUCIÓN N° 4160/2022
VISTO: La Resolución N° 4157/21 por la cual se concede al Conductor Ejecutivo del Instituto Municipal de la Vivienda, licencia extraordinaria y;
CONSIDERANDO:
Que las tareas que realizaba el Conductor Ejecutivo no pueden ser ejecutadas con personal de la planta permanente, ya que ello implicaría un resentimiento de los servicios en general.
Que, en consecuencia, resulta necesario contratar personal para ejecutar los trabajos precitados, los cuales son de carácter estrictamente eventual, por lo que se recurre al sistema de contratos establecidos en el Artículo 8° de la Ley N° 9286.-
Por ello, El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias:
RESUELVE:
Artículo 1°) Contrátese bajo la modalidad de personal contratado, en los términos del artículo 8 de la Ley N° 9.286, por tiempo determinado, quedando su vinculación con la Municipalidad de Sunchales excluida de la estabilidad e indemnizaciones consagradas en las Leyes 9144 y 9286; a partir del día 01 de febrero de 2.022 mientras esté vigente la licencia extraordinaria dispuesta por Resolución 4157/21, al arquitecto José Gabriel Diaz, D.N.I. N° 23.311.230, para la realización de las tareas especificas a cargo del Conductor Ejecutivo del Instituto Municipal de la Vivienda.-
Artículo 2°) Dispóngase que la retribución a percibir por el señor José Gabriel Diaz, previas retenciones de aportes jubilatorios y leyes sociales será la equivalente a la remuneración asignada para el personal que reviste en la categoria diecinueve (19) de la escala salarial vigente aplicable al personal de planta permanente de la Municipalidad de Sunchales, con más si correspondiere asignaciones familiares, horas extras yaguinaldo.-
Artículo 3°) Determínase que los servicios a prestarse tienen carácter eventual. debiendo cesar la relación de empleo público contratado entre la Municipalidad de Sunchales y el nombrado, el día establecido en el artículo precedente, fecha ésta que se considera que concluirán las tareas encomendadas.-
Artículo 4°) El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gestión de la Municipalidad de Sunchales.-
Artículo 5°) Comuníquese, publíquese, regístrese y archivese.-